Test de límites de velocidad — carnet de conducir
A cuánto se puede ir en cada vía y con cada vehículo, y cuándo hay que moderar la marcha. 1151 preguntas con la respuesta correcta señalada. Página 22 de 24.
Practicar estas preguntas en la app1051. ¿Qué circunstancias del conductor favorecen la aparición de la fatiga?
- Mantener una velocidad adecuada durante mucho tiempo, ya que requiere mucha concentración.
- Conducir durante largos periodos sin parar o haciendo descansos inadecuados. ✓
- Conducir manteniendo los hábitos normales de conducción.
La fatiga o también llamada cansancio suele aparecer en periodos de conducción largos, durante mucho tiempo, sin realizar los descansos adecuados o que estos sean insuficientes. Las reglas más importantes para evitar sufrir un accidente por sueño o fatiga son: - Si nos encontramos cansados o con sueño mientras conducimos, lo más aconsejable es parar a descansar en un lugar adecuado y dormir unos 20 o 30 minutos. - Descansar de 20 a 30 minutos cada 2 horas o cada 200 kilómetros como máximo. - Estar siempre atentos a los signos y síntomas del sueño o de la fatiga.
1052. ¿Qué debe hacer el conductor de un vehículo de grandes dimensiones para facilitar ser adelantado?
- Disminuir la velocidad o apartarse al arcén si es practicable. ✓
- Nada, la responsabilidad en el adelantamiento la tiene siempre el que adelanta.
- Detenerse en el arcén obligatoriamente.
Los conductores de vehículos pesados, de grandes dimensiones u obligados a respetar un límite específico de velocidad no pueda ceñirse a la derecha, y sin embargo se le pueda adelantar con seguridad, deberá indicarlo moviendo el brazo de atrás hacia delante o poniendo el intermitente derecho. Además deberán aminorar la marcha o apartarse cuanto antes al arcén, si es practicable, para facilitar el adelantamiento y dejar paso a los que les siguen, cuando la densidad de la circulación en sentido contrario, la anchura insuficiente de la calzada, su perfil o estado no permitan ser adelantados con facilidad y sin peligro.
1053. ¿Qué debe hacer si durante la marcha su vehículo no puede alcanzar la velocidad mínima exigida y existe peligro de alcance?
- Utilizar la señal de emergencia. ✓
- Pisar de forma intermitente el freno para advertir con las luces de frenado que va a reducir la marcha.
- Realizar destellos con las luces de largo alcance.
Cuando un vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de alcance, se deberán utilizar, durante la circulación, las luces indicadoras de dirección como señal de emergencia. Todo conductor que por razones de emergencia se vea obligado a circular por una autopista o autovía a velocidad anormalmente reducida, deberá de abandonarla por la primera salida. Velocidad mínima Autopista Autovía
1054. ¿Qué debe hacer si por circunstancias del tráfico tiene que disminuir considerablemente la velocidad?
- Frenar bruscamente.
- Señalizarlo con el alumbrado de posición.
- Asegurarse de que puede hacerlo sin peligro y señalizarlo con las luces de frenado. ✓
Salvo en caso de inminente peligro, el conductor que quiera reducir considerablemente la velocidad, debe asegurarse de que puede hacerlo sin peligro y advertirlo mediante el uso reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba hacia abajo con movimientos cortos y rápidos.
1055. ¿Qué debe hacer un conductor al tomar una curva para evitar que las fuerzas centrífugas desestabilicen el vehículo y provoquen un accidente?
- Respetar la velocidad señalizada y mantener el vehículo bajo aceleración durante el trazado de la curva. ✓
- Intentar frenar dentro de la curva para mejorar el agarre con el pavimento.
- Poner la palanca de cambio en punto muerto para dejar que el vehículo ruede durante el trazado de la curva.
Al tomar una curva, el conductor debe respetar la velocidad señalizada y mantener una aceleración suave y constante. Esto permite que las fuerzas centrífugas no desestabilicen el vehículo y ayuda a mantener el control, evitando derrapes o pérdida de adherencia. Frenar bruscamente dentro de la curva o dejar que el vehículo ruede sin control puede aumentar el riesgo de accidente.
1056. ¿Qué debe hacer un conductor cuando va a ser adelantado por otro vehículo?
- No modificar la velocidad. ✓
- Disminuir la velocidad.
- Ceñirse al borde derecho y aumentar la velocidad.
El conductor que advierta que otro que le sigue tiene el propósito de adelantarlo, estará obligado a ceñirse al borde derecho de la calzada sin invadir el arcén, salvo en los supuestos que deba ceñirse a la izquierda. No se debe que modificar la velocidad a la que se circula, aunque sí que se deberá de disminuir si se produce alguna situación de peligro, salvo que el conductor que adelanta reduzca la suya, debiendo facilitarle la vuelta al carril. Se prohíbe al conductor del vehículo que va a ser adelantado aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento.
1057. ¿Qué debe hacer un conductor para que los demás usuarios puedan anticiparse a sus intenciones?
- Señalizar siempre las maniobras con antelación. ✓
- Permanecer en el ángulo muerto de los retrovisores de otro vehículo.
- No debe hacer nada, el resto de usuarios debe estar atento a su velocidad y trayectoria.
Cualquier maniobra que se realice se ha de señalizar con la suficiente antelación para que los demás usuarios de la vía sepan lo que nosotros pretendemos hacer. Si la maniobra no la señalizamos con tiempo algún conductor podrá ser sorprendido, provocando así situaciones de riesgo.
1058. ¿Qué debe hacer un conductor que ha sido deslumbrado?
- Desviarse siempre a la derecha para detenerse en el arcén.
- Reducir la velocidad, incluso hasta llegar a detenerse totalmente, si fuera necesario. ✓
- Encender el alumbrado de largo alcance.
En el caso de sufrir deslumbramiento: - Dirigiremos la vista al lado derecho de la calzada evitando mirar de frente las luces del vehículo que viene en sentido contrario. - Reduciremos la velocidad lo necesario, llegando incluso a detenernos, hasta recuperarnos de los efectos del deslumbramiento. - Evitaremos desplazarnos al arcén, ya que podemos salirnos de la vía o encontrar usuarios que circulen por él.
1059. ¿Qué deberá hacer usted para adelantar al vehículo que le precede?
- Acercarme a él lo máximo posible para adelantarlo utilizando el menor tiempo posible.
- Le realizaré ráfagas con las luces de carretera para que disminuya la velocidad.
- Mantendré la distancia frontal de seguridad e iniciaré el adelantamiento desde dicha posición. ✓
La distancia frontal de seguridad deberá mantenerse siempre, ya que en caso de frenado brusco del vehículo que nos precede podríamos colisionar con él.
1060. ¿Qué dificultad presentan con frecuencia los personas mayores al cruzar una calzada?
- No perciben correctamente la velocidad a la que se aproximan los vehículos. ✓
- Calculan peor las distancias que los niños.
- Tienen un campo visual más reducido que los jóvenes.
Con la edad pueden disminuir algunas capacidades visuales y cognitivas, lo que dificulta valorar correctamente la velocidad y la distancia de los vehículos que se aproximan. Por ello, los conductores deben extremar la precaución en presencia de personas mayores.
1061. ¿Qué distancia lateral dejaremos al adelantar una motocicleta en poblado?
- 1 metro.
- 1,5 metros.
- Proporcional a la velocidad, anchura y características de la calzada. ✓
Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales, a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, a vehículos inmovilizados en la vía o a los vehículos de auxilio cuando estén realizando operaciones de auxilio y rescate, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada. En caso de disponer con más de un carril en nuestro sentido, se deberá invadir por completo el carril contiguo, siendo obligatorio el cambio de carril al adelantar a ciclos, ciclomotores o conjunto de ellos. En todo caso la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Cuando se adelante a un vehículo distinto de los anteriores, o el adelantamiento tenga lugar en poblado y no sea a un ciclo o ciclomotor, se dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada Cuando se adelante a un ciclo o ciclomotor en poblado deberemos dejar una separación lateral no inferior a 1,50 metros, al igual que lo hacemos fuera de poblado. (Artículo 85.4 del Reglamento General de Circulación y Artículo 35.4 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial)
1062. ¿Qué distancia lateral mantendremos al adelantar a un turismo fuera de poblado?
- 1,5 metros como mínimo.
- La proporcional a la velocidad y al ancho de la vía y características de la misma. ✓
- 1,5 metros como máximo.
Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales, a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, a vehículos inmovilizados en la vía o a los vehículos de auxilio cuando estén realizando operaciones de auxilio y rescate, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada.En todo caso la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Cuando se adelante a un vehículo distinto de los anteriores, o el adelantamiento tenga lugar en poblado y no sea a un ciclo o ciclomotor, se dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada Cuando se adelante a un ciclo o ciclomotor en poblado deberemos dejar una separación lateral no inferior a 1,50 metros, al igual que lo hacemos fuera de poblado.
1063. ¿Qué efectos tiene en la conducción una conversación por el móvil que supera el minuto y medio?
- El conductor deja de percibir una parte importante de las señales, incluso con el dispositivo de manos libres. ✓
- La velocidad media aumenta, incluso con el dispositivo de manos libres.
- El conductor no deja de percibir las señales si usa el dispositivo de manos libres.
Si se realiza una conversación larga por el móvil, superior a minuto y medio, por mucho se que utilice el manos libres, el conductor del vehículo dejará de concentrarse en la conducción y le pondrá más atención a la conversación. De ser así, se dejarán de percibir correctamente una parte importante de las señales, entre otros peligros.
1064. ¿Qué factores de riesgo afectan al conductor directamente?
- La velocidad, la fatiga y el alcohol. ✓
- El alcohol y la velocidad, únicamente.
- La fatiga y el alcohol, únicamente.
Los factores de riesgo son situaciones que aumentan la probabilidad de tener un accidente. En los accidentes de tráfico tenemos tres factores y no todos tienen la misma incidencia: - Factor humano ( 70% - 90%): evitando los factores de riesgo que dependen del conductor (distracciones, velocidad, fatiga, alcohol,drogas,medicamentos,etc.) se puede reducir el riesgo de sufrir un accidente y evitar sus graves conscuencias. - Factor vía y entorno ( 10% - 35%): se produce cuando no adaptamos la forma de conducir a la vía o la climatología. - Factor vehículo ( 4% - 13%): se puede evitar realizando un buen mantenimiento al vehículo.
1065. ¿Qué indica la señalización de este vehículo?
- Que se trata de un vehículo que transporta mercancías peligrosas.
- Que tiene limitación de velocidad.
- Que transporta una carga que sobresale por detrás. ✓
En cualquier caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos, excepto en los de anchura inferior a 1 m, se señalizará con un panel de 50 por 50 cm con franjas diagonales alternas rojas y blancas, colocado en el extremo posterior de la carga y perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte trasera del vehículo colocaremos 2 paneles (V-20) formando sus franjas una "V" invertida.
1066. ¿Qué indica un agente con el brazo levantado verticalmente?
- Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen de frente al agente.
- Obliga a disminuir la velocidad a los vehículos que se acerquen al agente.
- Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente. ✓
Una agente con el brazo levantado verticalmente obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen a él, salvo que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad suficiente.
1067. ¿Qué indica un agente moviendo el brazo de arriba abajo?
- Que disminuyamos la velocidad. ✓
- Que nos detengamos.
- Que giremos a la derecha.
Un agente moviendo el brazo de arriba abajo, obliga a disminuir la velocidad de su vehículo a los conductores que se acerquen al agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la señal y perpendicularmente a dicho brazo. No confundir cuando el agente balancea una luz roja o amarilla que obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz. Disminuir velocidad Detención a quien dirija la luz
1068. ¿Qué indica un agente que balancea una luz amarilla?
- Obliga a detenerse a los usuarios de la vía a los que el agente dirija la luz. ✓
- Obliga a disminuir la velocidad a los conductores que se acerquen al agente.
- Obliga a pasar por el lado que indica la luz.
Un agente balanceando una luz roja o amarilla, obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz. Si el agente indicara que debemos disminuir la velocidad, lo haría moviendo el brazo alternativamente de arriba a abajo. Disminuir velocidad Detención a quien dirija la luz
1069. ¿Qué indica un agente que mueve el brazo de arriba abajo alternativamente?
- Que debemos detener la marcha.
- Que debemos reducir la velocidad. ✓
- Que debemos girar a la derecha.
Un agente moviendo el brazo de arriba a bajo de forma alternativa nos indica que debemos reducir la velocidad. Si lo hiciera balanceando una luz roja o amarilla nos obligaría a detenernos. Disminuir velocidad Detención a quien dirija la luz
1070. ¿Qué indica una gente con un brazo extendido horizontalmente?
- Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente.
- Obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente desde las direcciones que corten a la indicada por el brazo. ✓
- Obliga a los usuarios de la vía a disminuir la velocidad.
Un agente con el brazo o brazos extendidos horizontalmente, obliga a detenerse a los usuarios que se acerquen a él desde cualquier dirección que corte a la indicada por el brazo o brazos extendidos, cualquiera que sea el sentido de su marcha.
1071. ¿Qué indican estas señales?
- Prohíben circular a más de 50 km/h en las curvas.
- Obligan a circular a 50 km/h en las curvas.
- Aconsejan no circular a más de 50 km/h en las curvas. ✓
Una señal de velocidad máxima aconsejada colocada bajo una señal de advertencia de peligro, solo se refiere al tramo en que existe dicho peligro y nos aconseja no sobrepasar esa velocidad en km/h.
1072. ¿Qué le indica el agente que mueve el brazo alternativamente de arriba a abajo?
- Que debo detenerme.
- Que debo disminuir la velocidad. ✓
- Que debo cambiar de dirección.
Un agente moviendo el brazo alternativamente de arriba a abajo indica que tenemos que disminuir la velocidad. Si la indicación la hiciese balanceando una luz roja o amarilla, entonces obligaría a detenerse a los usuarios a los que el agente dirija dicha luz. Disminuir velocidad Detención a quien dirija la luz
1073. ¿Qué le indican estas señales?
- Que a partir de la señal rigen las normas de zona urbana y que está prohibida la circulación de camiones. ✓
- Que los camiones deben circular a 50 km/h.
- Que está prohibida la circulación de camiones de más de 3,5 T de MMA.
Los señales de reglamentación colocados al lado o en la vertical de una señal que indique el nombre de una población, indica que la reglamentación se aplica en toda la población, salvo que en la población se indique una reglamentación diferente mediante otras señales en ciertos tramos de la vía. En el caso de la pregunta, las señales indican prohibición, a partir de la señal de entrada en poblado, de circular en todo el término municipal a vehículos destinados al transporte de mercancías, entendiéndose como tales los camiones y furgones, independientemente de su masa. Entrada prohibida vehículos transporte mercancías.
1074. ¿Qué le puede suceder a un conductor que circula a velocidad inadecuada?
- Que sea capaz de controlar mejor su vehículo ante una situación de emergencia.
- Que no sea capaz de controlar su vehículo ante una situación de emergencia. ✓
- Que su tiempo de reacción disminuya.
Cuando circulamos a una velocidad que no se adapta a las condiciones climatológicas o a las circunstancias de la vía, del tráfico, del vehículo o a las condiciones del conductor, estaremos circulando a una velocidad inadecuada. Puede ser que la velocidad a la que circulamos se encuentre dentro de los límites permitidos para la vía pero que, ante una situación problemática, tengamos muchas dificultades para controlar el vehículo. Por ejemplo, en días de lluvia se suelen producir más accidentes ya que muchos conductores circulan a la misma velocidad que en un día soleado, o sea, circulan a una velocidad permitida pero inadecuada en días de lluvia.
1075. ¿Qué luces debe llevar encendidas un vehículo que circula por un carril en sentido normal, cuando el carril contiguo está habilitado para la circulación en sentido contrario al habitual?
- El alumbrado de corto alcance o cruce, al menos. ✓
- El alumbrado de corto alcance, pero sólo entre la puesta y salida del sol.
- Ninguno, aunque la velocidad máxima de circulación es 60km/h.
Los que circulen por un carril en sentido contrario lo harán al menos con la luz de corto alcance o de cruce encendida, tanto de día como de noche, a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora y una mínima de 60, o inferior si así estuviera establecido o señalizado, y no podrán desplazarse lateralmente invadiendo el carril o carriles destinados al sentido normal de la circulación, ni siquiera para adelantar. Los vehículos que circulen por carriles destinados al sentido normal de circulación, contiguo al habilitado para circulación en sentido contrario al habitual, tampoco podrán desplazarse lateralmente invadiendo los habilitados para ser utilizados en sentido contrario al habitual. Llevarán encendida, al menos, la luz de corto alcance o cruce, tanto de día como de noche, y además, si disponen de un solo carril en su sentido, circularán a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora y a una mínima de 60, o inferior si así estuviera establecido o señalizado.
1076. ¿Qué marcha dejaremos puesta al estacionar nuestro vehículo en una pendiente?
- La primera velocidad, si es una pendiente descendente.
- La primera velocidad, si es una pendiente ascendente. ✓
- La marcha atrás, si es una pendiente ascendente.
Si nuestro vehículo se encuentra estacionado en una pendiente ascendente, en subida, en caso de fallar el freno de mano el vehículo se desplazará hacia atrás, motivo por el que dejaremos puesta la marcha más corta, la primera, del movimiento hacia delante.
1077. ¿Qué obligaciones tendrán los conductores que circulen por un carril reversible?
- Llevar encendida al menos la luz de corto alcance. ✓
- Llevar encendida al menos la luz de corto alcance y circular a una velocidad máxima de 80 km/h.
- Llevar encendida al menos la luz de corto alcance, circular a una velocidad máxima de 80 km/h y mínima de 60 km/h.
Los conductores que circulen por un carril reversible deberán llevar encendida al menos la luz de cruce o de corto alcance, tanto de día como de noche. En cuanto a la velocidad no existe restricción específica.
1078. ¿Qué obligación tiene si observa que otro vehículo tiene el propósito de adelantarle utilizando el carril izquierdo contiguo al suyo?
- Disminuir la velocidad.
- Ceñirse al borde derecho de la calzada. ✓
- Indicarle con el intermitente derecho que puede adelantar con seguridad.
Cuando vamos a ser adelantados tenemos la obligación de ceñirnos al borde derecho de la calzada, sin invadir el arcén, y no tenemos que modificar la velocidad a la que circulamos, aunque si que deberemos de disminuirla si se produce alguna situación de peligro, salvo que el conductor que adelanta reduzca la suya, debiendo facilitarle la vuelta a su carril. Se prohíbe al conductor del vehículo que va a ser adelantado aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento
1079. ¿Qué permiso es necesario para conducir un vehículo especial agrícola que pueda superar los 45 km/h?
- La licencia de vehículos agrícolas y, además, el permiso de conducción de la clase B.
- La licencia de vehículos agrícolas.
- El permiso de conducción de la clase B. ✓
El permiso de conducción de la clase B autoriza la conducción de vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios y que puedan superar los 45 km/h. Por su parte la licencia de conducción de vehículos agrícolas, autoriza a conducir vehículos agrícolas que no excedan de los límites de los vehículos ordinarios y que no superen los 45 km/h.
1080. ¿Qué precauciones debe tomar conduciendo una motocicleta si empieza a llover intensamente?
- Reducir la velocidad, deteniéndose si fuera necesario. ✓
- Aumentar la velocidad para llegar cuanto antes a su destino.
- Mantenerse muy cerca de los vehículos de grandes dimensiones para que le protejan de la lluvia.
En caso de tormenta o de lluvia intensa lo mejor es detener la marcha y resguardarse, dejando la motocicleta inmovilizada en un lugar seguro.
1081. ¿Qué precaución debe adoptar todo conductor para reducir el riesgo de atropello a peatones?
- Esta muy atentos a circular marcha atrás. ✓
- Aumentar la velocidad ante un semáforo con luz amarilla encendida.
- Circular sin alumbrado en poblado entre la puesta y la salida del sol.
Precauciones para evitar el atropello a peatones: -Moderar la velocidad en ciudad y ante la presencia de peatones. -Disminuir la velocidad ante al acercarnos a un vehículo que se detenga, sobre todo si es un autobús de transporte escolar. -Tener precaución con la marcha atrás o al maniobrar al salir de un estacionamiento. -Prestar atención a las zonas peatonales. -No se deben hacer señales a un peatón para que cruce la calzada, porque otro vehículo puede atropellarle.
1082. ¿Qué separación lateral debe dejar con su turismo al adelantar a un ciclo dentro de poblado?
- Una distancia proporcional a la velocidad a la que se circule.
- La separación que considere segura en función de las circunstancias del momento.
- Un espacio no inferior a 1,50 metros. ✓
Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales, a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, a vehículos inmovilizados en la vía o a los vehículos de auxilio cuando estén realizando operaciones de auxilio y rescate, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada. En caso de disponer con más de un carril en nuestro sentido, se deberá invadir por completo el carril contiguo, siendo obligatorio el cambio de carril al adelantar a ciclos, ciclomotores o conjunto de ellos. En todo caso la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Cuando se adelante a un vehículo distinto de los anteriores, o el adelantamiento tenga lugar en poblado y no sea a un ciclo o ciclomotor, se dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada. Cuando se adelante a un ciclo o ciclomotor en poblado deberemos dejar una separación lateral no inferior a 1,50 metros, al igual que lo hacemos fuera de poblado. A peatones en poblado: Como ya hemos comentado anteriormente, al adelantar a un peatón en poblado dejaremos un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada.
1083. ¿Qué separación lateral debe dejar la motocicleta que está adelantando al camión?
- Un espacio no inferior a 1,50 metros. ✓
- Una separación inferior a 1,5 metros.
- Una distancia proporcional a la velocidad a la que circule.
Los conductores de vehículos de dos ruedas que deseen adelantar a un camión fuera de zonas urbanas deben mantener una separación lateral mínima de 1,50 metros entre ambos vehículos.
1084. ¿Qué separación lateral debe dejar una motocicleta cuando adelante a un camión fuera de poblado?
- Una separación inferior a 1,5 metros.
- Una distancia proporcional a la velocidad a la que circule.
- Un espacio no inferior a 1,50 metros. ✓
Cuando un vehículo de dos ruedas adelante a cualquier otro vehículo fuera de poblado, en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. También respetará este margen con peatones, animales y vehículos de tracción animal. De igual manera el resto de vehículos deberán de dejar ese espacio lateral al adelantar a vehículos de dos ruedas. Cuando el adelantamiento tenga lugar en poblado y no sea a un ciclo o ciclomotor, se dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada. Si adelantamos a un ciclo o ciclomotor debemos guardar el 1,50 metros de separación lateral, al igual que lo hacemos fuera de poblado. A peatones en poblado: Al adelantar a un peatón en poblado dejaremos un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada.
1085. ¿Qué separación lateral debemos mantener al adelantar a un furgón con nuestro turismo?
- Un margen de seguridad proporcional a la velocidad, características y anchura de la calzada. ✓
- Una separación lateral no inferior a 1,5 metros.
- Como mínimo 2 metros.
Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales, a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, a vehículos inmovilizados en la vía o a los vehículos de auxilio cuando estén realizando operaciones de auxilio y rescate, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada. En caso de disponer con más de un carril en nuestro sentido, se deberá invadir por completo el carril contiguo, siendo obligatorio el cambio de carril al adelantar a ciclos, ciclomotores o conjunto de ellos. En todo caso la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. En los demás supuestos dejaremos un margen de seguridad proporcional a la velocidad, características y anchura de la calzada.
1086. ¿Qué separación lateral mantendremos al adelantar una bicicleta dentro de poblado?
- 1,5 metros como mínimo. ✓
- 1.5 metros como máximo.
- Una separación lateral, suficiente para realizar la maniobra con seguridad, que deberá ser proporcional, a la anchura de la vía y a la velocidad a la que se adelante
Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales, a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, a vehículos inmovilizados en la vía o a los vehículos de auxilio cuando estén realizando operaciones de auxilio y rescate, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada. En caso de disponer con más de un carril en nuestro sentido, se deberá invadir por completo el carril contiguo, siendo obligatorio el cambio de carril al adelantar a ciclos, ciclomotores o conjunto de ellos. En todo caso la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Cuando se adelante a un vehículo distinto de los anteriores, o el adelantamiento tenga lugar en poblado y no sea a un ciclo o ciclomotor, se dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada. Cuando se adelante a un ciclo o ciclomotor en poblado deberemos dejar una separación lateral no inferior a 1,50 metros, al igual que lo hacemos fuera de poblado. A peatones en poblado: Como ya hemos comentado anteriormente, al adelantar a un peatón en poblado dejaremos un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada. (Artículo 85.4 del Reglamento General de Circulación y Artículo 35.4 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial)
1087. ¿Qué velocidad máxima no podrán rebasar los vehículos que circulen por un carril habilitado en sentido contrario al habitual?
- La genérica en función del tipo de vía y vehículo.
- 60km/h.
- 80km/h. ✓
La utilización de lo carriles habilitados en sentido contrario queda limitado a las motocicletas y turismos sin remolque, cuando haya sido habilitado para dar fluidez a la circulación. Cuando se haya habilitado para obras, lo podrán utilizar todos los vehículos, a no ser que exista prohibición expresa. Los usuarios de este tipo de carriles circularán al menos con la luz de corto alcance o de cruce encendida, tanto de día como de noche, a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora y una mínima de 60, o inferior si así estuviera establecido o señalizado, y no podrán desplazarse lateralmente invadiendo el carril o carriles destinados al sentido normal de la circulación, ni siquiera para adelantar.
1088. ¿Qué velocidad se considera que es anormalmente reducida circulando por esta vía?
- La inferior a 60 km/h.
- La inferior a 45 km/h. ✓
- La inferior a 50 km/h.
Las carreteras convencionales tienen una velocidad máxima de 90 km/h, con lo cual su velocidad mínima será de 45 km/h, considerándose velocidad anormalmente reducida la que sea inferior a esta velocidad.
1089. ¿Qué velocidades o marchas dan más fuerza al vehículo?
- La 1ª y la 2ª. ✓
- La 3ª y la 4ª.
- La 4ª y la 5ª.
La primera y segunda marcha son las más cortas y las que tienen más fuerza para mover el vehículo. La primera la usaremos para iniciar de la marcha, cambiando a la segunda aproximadamente los 2 segundos o 6 metros de recorrido. Debemos tener presente que la primera marcha dispara el consumo de combustible de nuestro vehículo. A medida que aumentamos a marchas más largas, se pierde fuerza pero se gana velocidad.
1090. ¿Se considera adelantamiento el hecho de que los vehículos que circulan por el carril de aceleración avancen más rápido que los que circulan por el carril derecho de la vía?
- Únicamente cuando superen los 100 km/h.
- Sí.
- No. ✓
No se considera adelantamiento el hecho de que los vehículos que circulen por carriles de aceleración o deceleración avancen más rápidamente que los que lo hagan por los carriles normales de circulación o viceversa. Asimismo cuando se circule por carriles o partes de la vía destinados al tráfico de determinados vehículos. Cuando la circulación es tan densa que los vehículos ocupan toda la anchura de la calzada y sólo se puede circular a la velocidad que circula el vehículo de delante tampoco se considera adelantamiento.
1091. ¿Se podrá adelantar en un paso para peatones?
- No, en ningún caso.
- Sí, si la vía es de sentido único.
- Sí, cuando el adelantamiento se realice a velocidad tan suficientemente reducida que permita detenerme a tiempo si surge un peligro. ✓
Como norma general, está prohibido realizar un adelantamiento en un paso de peatones o en sus alrededores, salvo que se realice a una velocidad tan reducida que, en caso de peligro de atropello, se pueda detener el vehículo a tiempo y con seguridad.
1092. ¿Se podrá circular por el carril bus?
- Sí, cuando el vehículo circule ocupado por un número mínimo de personas.
- Sí, circulando a velocidad anormalmente reducida.
- No. ✓
En el carril bus se prohibe su utilización a los conductores que no sean de transporte colectivo a utilizar dicho carril. La mención taxi también autoriza a ellos a poder utilizarlo. En los tramos en que la marca longitudinal esté constituida por una línea discontinua, se permite su utilización a nivel general para realizar alguna maniobra que no sea parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, y siempre dejando preferencia a los vehículos que circulen por ese carril. Por lo tanto la única maniobra que se permite es el cambio de dirección, siempre que el carril esté delimitado por una línea discontinua. Si realizamos una parada en un carril bus obstaculizaremos el recorrido normal de estos vehículos, por lo que nunca se podrá realizar una parada en este carril. No confundir con la señal de parada de autobús. Carril reservado para autobuses Parada de autobús
1093. ¿Se podrá circular por una autopista a una velocidad inferior a 60km/h?
- No, en ningún caso se puede circular por debajo de la velocidad mínima.
- No, ya que es una vía de circulación rápida.
- Sí, cuando existan codiciones metereológicas que impidan superar esa velocidad. ✓
La velocida mínima en autopistas y autovías es de 60km/h pero pueden suceder circunstancias que nos impidan circular de una manera segura superando esa velocidad. Por ejemplo en condiciones metereológicas desfavorables o cuando existan retenciones.
1094. ¿Se podrán utilizar las luces de emergencia con el vehículo en marcha?
- No.
- Sí, cuando se circula a velocidad anormalmente reducida y con peligro de alcance. ✓
- Sí, siempre que se crea conveniente.
Las luces de emergencia consiste en el funcionamiento simultáneo de todas las luces indicadoras de dirección del vehículo. Tiene la misión de advertir el peligro que supone la posción del vehículo por alguna emergencia (avería, accidente, etc.). Deberá utilizarse cuando esté en cualquier situación de emergencia, tanto detenido como en movimiento (avería, accidente, traslado de heridos,etc) y cuando no se pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de alcance.
1095. ¿Se puede rebasar la velocidad máxima establecida en carreteras convencionales para adelantar a otro vehiculo?
- Si, en 20 k/h mientras dure la maniobra.
- No, en ningún caso. ✓
- Si, adoptando las debidas precauciones.
Se prohíbe superar la velocidad máxima en una vía, establecida con carácter general o mediante señales.
1096. ¿Se puede utilizar el teléfono móvil cuando el vehículo está detenido en un semáforo?
- Sí, siempre que el vehículo esté detenido.
- No, a menos que se utilice un sistema "manos libres". ✓
- Sí, pero solo en vías interurbanas y a baja velocidad.
Aunque el vehículo esté detenido en un semáforo, se encuentra dentro de la corriente circulatoria, ya que no está inmovilizado fuera del tráfico. Por lo tanto, el uso del teléfono móvil sigue estando prohibido, salvo que se utilice un sistema "manos libres". La normativa prohíbe el uso del teléfono móvil mientras se está en circulación, incluso si el vehículo no está en movimiento.
1097. ¿Tendremos que adecuar la velocidad durante la noche?
- No, especialmente por ser durante la noche.
- Sí. ✓
- Solamente si existen circunstancias meteorológicas o ambientales adversas.
Durante la noche debemos adecuar la velocidad al campo de visión y que nos permita detener el vehículo dentro de la zona iluminada.
1098. ¿Una motocicleta debe llevar como accesorio o repuesto un chaleco reflectante de alta visibilidad?
- Sí, es obligatorio en todo momento.
- No, no es obligatorio, pero sí recomendable. ✓
- Solo es obligatorio en carreteras de alta velocidad.
Aunque no es obligatorio que los conductores y pasajeros que circulan en motocicleta lleven puesto un chaleco reflectante, sí que es aconsejable, puesto que serán más visibles a los demás conductores, sobre todo circulando de noche.
1099. ¿Una motocicleta puede sufrir el efecto aquaplaning?
- No, el aquaplaning solamente se produce en los turismos.
- Sí, especialmente cuando se circula a velocidad muy reducida.
- Sí. ✓
Uno de los efectos más peligrosos producidos por la lluvia es el conocido como aquaplaning. Cuando el dibujo del neumático no es capaz de evacuar la cantidad de agua acumulada, el neumático pierde el contacto con el pavimento y se desliza flotando sobre el agua, haciendo que el conductor pierda el control del vehículo. A mayor velocidad, más probabilidad de sufrir este efecto. El aquaplaning lo puede sufrir cualquier tipo de vehículo.
1100. Como norma general, ¿cuál es la velocidad máxima en una vía urbana de dos o más carriles por sentido?
- 50 km/h ✓
- 30 km/h
- 60 km/h
Art. 50.1.c RGC: 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido. Los carriles reservados a bus o taxi no cuentan.
Otros temas
Fuente: Catálogo oficial de señales del anexo I del Reglamento General de Circulación (RD 465/2025, BOE-A-2025-12199) y Diccionario en Lectura Fácil del permiso B de la Dirección General de Tráfico. Reutilización de información del sector público conforme a la Ley 37/2007. Este sitio no es la DGT. Detalle de fuentes.