Test de parada y estacionamiento — carnet de conducir

Diferencia entre parar y estacionar, y dónde está prohibido cada uno. 41 preguntas con la respuesta correcta y la explicación con el artículo que la sostiene.

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1. ¿Está permitido parar sobre un paso para peatones?

  1. No, está prohibido
  2. Sí, si no baja del vehículo
  3. Sí, si es menos de dos minutos

Art. 94.1.b RGC: queda prohibido parar en pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.

2. ¿Puede parar dentro de un túnel para atender una llamada?

  1. No, salvo que deje libre otro carril
  2. Sí, si se aparta a la derecha
  3. No, está prohibido parar en túneles

Art. 94.1.a RGC: queda prohibido parar en túneles, pasos inferiores y tramos afectados por la señal «Túnel».

3. ¿Está permitido parar en un carril reservado al transporte público?

  1. Sí, para dejar pasajeros
  2. No, está prohibido
  3. Sí, si no hay autobuses a la vista

Art. 94.1.c y h RGC: prohibido parar en carriles reservados a determinados usuarios y en los de uso exclusivo del transporte público urbano.

4. Al estacionar, ¿de qué debe asegurarse especialmente?

  1. De aparcar siempre en el sentido de la marcha
  2. De dejar las luces de posición encendidas
  3. De que el vehículo no pueda ponerse en movimiento en su ausencia

Art. 91.1 RGC: hay que cuidar la colocación del vehículo y evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor.

5. ¿En qué caso puede el conductor no llevar puesto el cinturón?

  1. Al hacer marcha atrás o al estacionar
  2. Cuando va solo en el vehículo
  3. Cuando circula por vía urbana

Art. 119.1.a RGC: los conductores pueden circular sin cinturón al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento.

6. Se detiene junto al bordillo durante noventa segundos para que baje un pasajero y permanece en el puesto de conducción. ¿Cómo se considera esa inmovilización?

  1. Una parada, por durar menos de dos minutos
  2. Un estacionamiento, por bajar un ocupante
  3. Una detención, por exigencia de la circulación

Es parada: inmovilización de menos de dos minutos sin que el conductor abandone el vehículo. Cita: Ley de Tráfico, anexo I, apartado 81.

7. Deja el vehículo junto al bordillo, se baja y se aleja a comprar el pan; vuelve al minuto. ¿Qué ha hecho?

  1. Una parada, porque no ha llegado a los dos minutos
  2. Un estacionamiento, aunque haya durado muy poco
  3. Una detención por un motivo de fuerza mayor

En la parada el conductor no puede abandonar el vehículo; si lo abandona, ya es estacionamiento. Cita: Ley de Tráfico, anexo I, apartados 81 y 82.

8. Una retención y un semáforo en rojo le mantienen inmovilizado cuatro minutos dentro del carril. ¿Qué figura es?

  1. Un estacionamiento indebido sobre la calzada
  2. Una parada prohibida por exceso de tiempo
  3. Una detención por necesidades de la circulación

La detención es la inmovilización por emergencia, por necesidades de la circulación o para cumplir un precepto reglamentario. Cita: Ley de Tráfico, anexo I, apartado 80.

9. Va a parar en una carretera convencional. ¿Dónde debe situar el vehículo?

  1. Fuera de la calzada, a la derecha y dejando libre la parte transitable del arcén
  2. En el arcén derecho, pudiendo ocupar su parte transitable si la parada es breve
  3. Sobre la calzada, junto al borde derecho, con la luz de emergencia encendida

En vías interurbanas la parada se efectúa siempre fuera de la calzada, en el lado derecho y dejando libre la parte transitable del arcén. Cita: RGC art. 90.1.

10. Estaciona en una calle urbana de un solo sentido de circulación y no hay ninguna señal que lo prohíba. ¿En qué lado puede colocar el vehículo?

  1. Únicamente en el lado derecho, salvo que una señal autorice el izquierdo
  2. En cualquiera de los dos lados de la calzada, derecho o izquierdo
  3. Solo en el izquierdo, para dejar libre la parada de autobús

En vías urbanas el vehículo se sitúa lo más cerca posible del borde derecho, salvo en las vías de único sentido, donde también cabe el lado izquierdo. Cita: RGC art. 90.2.

11. En una calle urbana con doble sentido de circulación, ¿dónde debe colocar el vehículo al estacionar en la calzada?

  1. Indistintamente junto a cualquiera de los dos bordes de la calzada
  2. Lo más cerca posible del borde izquierdo, para no cerrar los vados
  3. Lo más cerca posible del borde derecho de la calzada

El lado izquierdo solo se admite en vías de único sentido. Cita: RGC art. 90.2.

12. Como norma general, ¿cómo debe quedar colocado el vehículo respecto del borde de la calzada?

  1. En batería, salvo que una marca vial indique otra colocación
  2. Paralelo al borde de la calzada, salvo que la vía aconseje otra
  3. En diagonal respecto al bordillo, para ocupar menos longitud

La parada y el estacionamiento se realizan situando el vehículo paralelamente al borde de la calzada; solo por excepción se permite otra colocación. Cita: RGC art. 92.1.

13. Estaciona el vehículo y va a dejar el puesto de conducción. ¿Qué debe hacer con el motor?

  1. Pararlo y desconectar el sistema de arranque
  2. Puede dejarlo al ralentí si no se aleja del coche
  3. Pararlo solo si va a estar más de diez minutos

Al dejar el puesto hay que parar el motor y desconectar el sistema de arranque; si además se aleja, tomar precauciones para impedir su uso sin autorización. Cita: RGC art. 92.3.a).

14. Estaciona un turismo con cambio manual en una calle con pendiente ascendente. ¿Qué marcha deja puesta?

  1. La marcha atrás, además del freno de estacionamiento
  2. La primera velocidad, además del freno de estacionamiento
  3. El punto muerto, con el freno de estacionamiento accionado

En pendiente ascendente se deja la primera velocidad; en descendente, la marcha atrás. Cita: RGC art. 92.3.c).

15. Estaciona un camión de 12.000 kg de masa máxima autorizada en un tramo de pendiente sensible. ¿Qué obligación añadida tiene?

  1. Dejarlo debidamente calzado, con calzos o apoyando una rueda en el bordillo
  2. Basta el freno de estacionamiento y una marcha puesta, como en un turismo
  3. Colocar tras el vehículo el dispositivo de preseñalización de peligro

Para vehículos de más de 3.500 kg, autobuses y conjuntos de vehículos, en pendiente sensible hay que dejarlo calzado o apoyar una rueda directriz en el bordillo. Cita: RGC art. 92.3.d).

16. Un camión estacionado en una pendiente descendente apoya una rueda directriz en el bordillo. ¿Cómo deben quedar orientadas las ruedas?

  1. Hacia el centro de la calzada, para que el bordillo las frene
  2. Totalmente rectas respecto al eje longitudinal del vehículo
  3. Hacia fuera, es decir, hacia el bordillo de la acera

Las ruedas se inclinan hacia el centro de la calzada en las pendientes ascendentes y hacia fuera en las descendentes. Cita: RGC art. 92.3.d).

17. Ha calzado el vehículo en una pendiente. Al reanudar la marcha, ¿qué debe hacer con los calzos?

  1. Puede dejarlos en el arcén si no invaden la calzada
  2. Retirarlos de la vía; no pueden quedar en ella
  3. Dejarlos junto al bordillo, debidamente señalizados

Los calzos, una vez utilizados, deben ser retirados de la vía al reanudar la marcha. Cita: RGC art. 92.3.d).

18. Estaciona en una calzada de doble sentido y entre su vehículo y el borde opuesto quedan 2,5 metros. ¿Cómo se califica?

  1. Correcto, mientras no haya una señal que lo prohíba
  2. Estacionamiento peligroso que obstaculiza la circulación
  3. Correcto, si deja encendida la luz de emergencia

Se considera peligroso u obstaculizador cuando esa distancia es inferior a tres metros. Cita: RGC art. 91.2.a).

19. Aparca de forma que otro vehículo correctamente estacionado no puede incorporarse a la circulación. ¿Qué consecuencia tiene?

  1. Ninguna, mientras no bloquee la circulación general
  2. Solo se sanciona si el otro conductor lo denuncia
  3. Es un estacionamiento que obstaculiza gravemente

Impedir que se incorpore a la circulación un vehículo debidamente parado o estacionado es estacionamiento que obstaculiza gravemente. Cita: RGC art. 91.2.b).

20. Deja el coche en doble fila, sin conductor, mientras hace un recado. ¿Cómo se considera?

  1. Estacionamiento que obstaculiza gravemente la circulación
  2. Parada permitida si no llega a durar dos minutos
  3. Estacionamiento tolerado si deja puesta la luz de emergencia

El estacionamiento en doble fila sin conductor obstaculiza gravemente la circulación y además está expresamente prohibido. Cita: RGC arts. 91.2.h) y 94.2.g).

21. Quiere parar un momento en una curva de visibilidad reducida de una carretera convencional. ¿Puede hacerlo?

  1. No, salvo que encienda la señal luminosa de emergencia.
  2. No, a no ser que la parada no llegue a durar dos minutos.
  3. No; está prohibido parar en esas curvas y en sus proximidades

Queda prohibido parar en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y en sus proximidades. Cita: RGC art. 94.1.a).

22. Circula por una autovía y quiere parar en el arcén para consultar el mapa. ¿Está permitido?

  1. No; solo puede parar en las zonas habilitadas para ello
  2. No, salvo que encienda la luz de emergencia mientras lo consulta
  3. Sí, si nadie baja del vehículo y el motor sigue en marcha

En autopistas y autovías queda prohibido parar salvo en las zonas habilitadas para ello. Cita: RGC art. 94.1.g).

23. ¿Puede parar sobre los raíles de un tranvía o muy cerca de ellos?

  1. No, aunque puede hacerlo mientras no vea venir ningún tranvía
  2. No, si con ello puede entorpecerse su circulación
  3. No, salvo que la parada no supere los dos minutos

Queda prohibido parar sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecerse su circulación. Cita: RGC art. 94.1.e).

24. Quiere parar unos segundos en una zona señalizada para uso exclusivo de personas con discapacidad. ¿Puede?

  1. No; solo puede detenerse para subir o bajar a un pasajero
  2. Sí, si no hay ningún vehículo esperando la plaza
  3. No; en esas zonas está prohibida también la parada

Las zonas señalizadas para uso exclusivo de personas con discapacidad figuran entre los lugares donde está prohibido parar. Cita: RGC art. 94.1.j).

25. Como norma general, ¿está permitido estacionar un turismo sobre la acera?

  1. Sí, si deja al menos un metro libre para el paso de los peatones
  2. No, salvo que la ordenanza municipal lo autorice para los turismos
  3. No; está prohibido estacionar sobre las aceras y paseos

Queda prohibido estacionar sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones; la excepción municipal solo cabe para vehículos de dos ruedas. Cita: RGC art. 94.2.e) y Ley de Tráfico art. 40.2.e).

26. ¿Y una motocicleta? ¿Puede estacionar sobre la acera?

  1. Solo si la ordenanza municipal lo regula sin entorpecer a los peatones
  2. Sí; las motocicletas están siempre exceptuadas de esa prohibición
  3. No en ningún caso, igual que ocurre con el resto de los vehículos

Los municipios pueden regular por ordenanza la parada y el estacionamiento de vehículos de dos ruedas sobre aceras y paseos, sin entorpecer el tránsito peatonal. Cita: Ley de Tráfico art. 40.2.e).

27. Hay un vado correctamente señalizado en la acera. ¿Qué está prohibido delante de él?

  1. Únicamente el estacionamiento de vehículos pesados
  2. Estacionar, sea cual sea la clase de vehículo
  3. Detenerse, aunque sea para ceder el paso a otro

Queda prohibido estacionar delante de los vados señalizados correctamente. Cita: RGC art. 94.2.f).

28. Junto al bordillo hay pintada una línea longitudinal amarilla continua. ¿Qué prohíbe?

  1. Solo el estacionamiento; la parada sigue estando permitida
  2. La parada y el estacionamiento en ese lado de la calzada
  3. Únicamente el estacionamiento de más de dos horas

La marca longitudinal continua amarilla (M-7.8) prohíbe la parada y el estacionamiento en el lado de la calzada donde esté situada. Cita: catálogo oficial de señales y marcas viales, RD 465/2025, marca M-7.8.

29. Encuentra una señal R-308 de estacionamiento prohibido. ¿Puede detenerse unos segundos para que baje un pasajero?

  1. No; esa señal prohíbe igualmente la parada del vehículo
  2. Sí; la señal R-308 no prohíbe la parada, solo estacionar
  3. Solo si mantiene encendida la luz de emergencia

La R-308 prohíbe el estacionamiento en ese lado de la calzada, pero no prohíbe la parada. Cita: catálogo oficial de señales, RD 465/2025, señal R-308.

30. Entra en una zona señalizada con la señal R-309, zona de estacionamiento limitado. ¿Qué obligación tiene?

  1. No superar los treinta minutos, salvo indicación distinta
  2. Estacionar solo en batería dentro de las marcas del suelo
  3. Indicar de forma reglamentaria la hora de comienzo

La R-309 obliga al conductor a indicar de forma reglamentaria la hora de comienzo del estacionamiento; el tiempo máximo y el horario se añaden en la propia señal o en un panel. Cita: RD 465/2025, señal R-309.

31. Estaciona en una zona con limitación horaria y no coloca el distintivo que lo autoriza. ¿Qué puede ocurrir?

  1. Nada, mientras no supere el tiempo máximo permitido
  2. Que se retire el vehículo de la vía y se lleve al depósito
  3. Que se le detraigan dos puntos del permiso de conducción

Estacionar sin el distintivo en zona de estacionamiento con limitación horaria está prohibido y permite la retirada del vehículo. Cita: RGC art. 94.2.b) y Ley de Tráfico art. 105.1.g).

32. Ha abonado una hora en la zona de estacionamiento regulado. ¿A partir de qué exceso puede retirarle el vehículo la grúa?

  1. Cuando rebase en quince minutos el tiempo abonado
  2. Cuando rebase el doble del tiempo que ha abonado
  3. Cuando rebase el triple del tiempo que ha abonado

Procede la retirada cuando se rebasa el triple del tiempo abonado conforme a la ordenanza municipal. Cita: Ley de Tráfico art. 105.1.g).

33. Estaciona en línea, de noche, en la calzada de una travesía insuficientemente iluminada. ¿Qué alumbrado puede utilizar?

  1. Las dos luces de posición del lado que da a la calzada
  2. Las luces de cruce mientras el vehículo esté estacionado
  3. Ninguno; basta con el alumbrado público de la travesía

Puede sustituir las luces de posición por las de estacionamiento o, si está estacionado en línea, por las dos de posición del lado correspondiente a la calzada. Cita: RGC art. 105.2.

34. Se ve obligado a inmovilizar el vehículo en el arcén de una autovía. ¿Qué debe hacer con el alumbrado?

  1. Encender la luz de emergencia y, en su caso, las de posición
  2. Encender la luz antiniebla trasera junto con las de cruce
  3. Encender únicamente el indicador de dirección derecho

Cuando la inmovilización tiene lugar en autopista o autovía, o con visibilidad sensiblemente disminuida, se señaliza con la luz de emergencia y, en su caso, las de posición. Cita: RGC art. 109.2.c).

35. Un agente comprueba que el conductor de una motocicleta circula sin casco. Además de denunciarle, ¿puede inmovilizar el vehículo?

  1. No; la inmovilización solo procede si el vehículo carece de seguro
  2. Sí; no usar el casco obligatorio permite inmovilizar el vehículo
  3. No; en ese caso solo cabe retirarle el permiso de conducción

Los agentes pueden inmovilizar el vehículo cuando el conductor o el pasajero no usen el casco de protección o los dispositivos de retención infantil obligatorios. Cita: Ley de Tráfico art. 104.1.c).

36. Los agentes han inmovilizado su vehículo. ¿Cuándo se levanta esa inmovilización?

  1. A las veinticuatro horas de haberse adoptado, en todo caso
  2. Cuando lo autorice el órgano judicial que instruya el caso
  3. En el momento en que cese la causa que la motivó

La inmovilización se levanta en el momento en que cesa la causa que la motivó, previo abono de los gastos que haya generado. Cita: Ley de Tráfico art. 104.2.

37. Su vehículo queda estacionado de forma que causa graves perturbaciones a la circulación. ¿Qué puede hacer la autoridad?

  1. Retirarlo de la vía y depositarlo en el lugar que se designe
  2. Denunciar el hecho y notificarlo al titular, sin más medidas
  3. Inmovilizarlo en el sitio con un cepo durante veinticuatro horas

Procede la retirada y el depósito del vehículo siempre que constituya peligro o cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones. Cita: Ley de Tráfico art. 105.1.a).

38. La grúa ha retirado su vehículo al depósito. ¿En qué plazo debe comunicárselo la Administración al titular?

  1. En el plazo de setenta y dos horas desde la retirada
  2. En el plazo de diez días hábiles desde la retirada
  3. En el plazo de veinticuatro horas desde la retirada

La Administración debe comunicar la retirada y el depósito del vehículo al titular en el plazo de veinticuatro horas. Cita: Ley de Tráfico art. 105.3.

39. Un vehículo lleva más de un mes en el mismo sitio, sin placas de matrícula y con desperfectos que impiden moverlo. ¿Qué cabe hacer?

  1. Nada, mientras el vehículo no llegue a obstaculizar la circulación
  2. Ordenar su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento
  3. Adjudicarlo al ayuntamiento y sacarlo a subasta pública

Se puede ordenar el traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento cuando el vehículo lleve más de un mes estacionado en el mismo lugar con desperfectos que impidan moverlo o sin placas. Cita: Ley de Tráfico art. 106.1.b).

40. Antes de trasladar un vehículo abandonado a un Centro Autorizado de Tratamiento, ¿qué debe hacer la Administración?

  1. Requerir al titular y darle un plazo de un mes para retirarlo
  2. Publicar un anuncio previo en el Boletín Oficial del Estado
  3. Esperar seis meses desde que se detectó el abandono

Con anterioridad a la orden de traslado, la Administración requiere al titular advirtiéndole de que dispone de un mes para retirarlo. Cita: Ley de Tráfico art. 106.1.

41. Deja el vehículo estacionado en un carril reservado al transporte público. ¿Cómo se califica esa infracción?

  1. Como infracción leve, con multa de hasta 100 euros
  2. Como infracción grave, con multa de 200 euros
  3. Como infracción muy grave, con multa de 500 euros

Parar o estacionar en el carril bus es infracción grave, sancionada con multa de 200 euros. Cita: Ley de Tráfico arts. 76.d) y 80.1.

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Fuente: Catálogo oficial de señales del anexo I del Reglamento General de Circulación (RD 465/2025, BOE-A-2025-12199) y Diccionario en Lectura Fácil del permiso B de la Dirección General de Tráfico. Reutilización de información del sector público conforme a la Ley 37/2007. Este sitio no es la DGT. Detalle de fuentes.