Test de moto: permiso a2 y conducción — carnet de conducir

Requisitos del A2, equipamiento del motorista y técnica de conducción en moto. 1108 preguntas con la respuesta correcta señalada. Página 22 de 23.

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1051. ¿Cuándo pasará la primera ITV un ciclomotor de dos ruedas?

  1. A los 3 años desde su matriculación.
  2. A los 4 años desde su matriculación.
  3. A los 2 años desde su matriculación.

Los ciclomotores de dos ruedas pasarán la primera ITV a los 3 años desde su matriculación. A partir de los 3 años pasarán la ITV cada 2 años.

1052. ¿Cuándo pasará la primera ITV una motocicleta?

  1. A los dos años desde la fecha de matriculación.
  2. A los tres años desde la fecha de matriculación.
  3. A los cuatro años desde la fecha de matriculación.

Las motocicletas pasarán la primera ITV a los cuatro años desde la fecha de matriculación y las siguientes cada dos años.

1053. ¿Dónde se colocará un ciclomotor para girar a la izquierda en una vía interurbana?

  1. En la parte central de su carril.
  2. Si no existe carril específico para realizar el giro, se situará en la derecha, fuera de la calzada.
  3. En el eje de la calzada si la vía es de doble sentido.

En vías interurbanas, si no existe un carril especialmente acondicionado para el giro a la izquierda, los ciclos y ciclomotores de dos ruedas deberán situarse a la derecha, fuera de la calzada siempre que sea posible, e iniciarlo desde ese lugar.

1054. ¿En una motocicleta es más eficaz el freno delantero o el trasero?

Imagen de la pregunta
  1. El freno delantero.
  2. El freno trasero.
  3. Los dos por igual.

Al frenar la masa de la motocicleta se desplaza hacia la parte delantera perdiendo presión sobre el eje posterior, por lo que la rueda trasera tiende a bloquearse si se frena bruscamente.

1055. ¿Es correcto el cambio de sentido realizado por esta motocicleta?

Imagen de la pregunta
  1. Sí, por tener visibilidad suficiente.
  2. No, por prohibirlo las señales.
  3. No, el cambio de sentido está siempre prohibido.

La marca vial constituida por dos líneas contiguas continuas significa que ningún conductor debe atravesarlas ni circular sobre ellas, ni circular por la izquierda de la misma cuando separe los dos sentidos de circulación.

1056. ¿Está permitida la circulación de vehículos y ciclomotores con el llamado escape libre?

  1. Solo está permitido en motocicletas y ciclomotores.
  2. Sí, en vehículos con una M.M.A. igual o inferior a 3.500 kg.
  3. No, está totalmente prohibido.

a circulación de vehículos y ciclomotores con el llamado escape libre está totalmente prohibida. El escape libre, que es un sistema de escape sin silenciador o con un silenciador modificado, aumenta significativamente el ruido del motor y puede superar los límites de emisiones permitidos por la legislación.

1057. ¿Está permitido circular en ciclomotor por una vía que tiene esta señal en la entrada?

Imagen de la pregunta
  1. No, prohíbe el paso de todos los vehículos motorizados de dos ruedas.
  2. Sí.
  3. No, las bicicletas y los ciclomotores están prohibidos.

La señal de la pregunta prohíbe el acceso a las motocicletas, pero no al resto de usuarios, por lo que un ciclomotor si que tendrá permitido circular por una vía así señalizada.

1058. ¿Está permitido que las motocicletas circulen por un carril VAO?

Imagen de la pregunta
  1. No, porque las motocicletas no se consideran vehículos de alta ocupación.
  2. No, porque por estos carriles solo pueden circular autobuses y turismos.
  3. Sí, las motocicletas y turismos pueden utilizar este carril.

Con carácter general, pueden circular por el carril BUS-VAO motocicletas de dos o tres ruedas, turismos, autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, autobuses articulados y vehículos mixtos adaptables con el número de ocupantes que se fije por tramo. Tienen prohibida su circulación el resto de los vehículos y conjunto de vehículos, incluidos los turismos con remolque, ciclos y ciclomotores. No obstante, podrán ser utilizados también, aun cuando solo lo ocupe su conductor, por: -Los tipos de vehículos autorizados si ostentan la señal V-15 (distintivo movilidad reducida). -Por motocicletas de dos o tres ruedas. -Por autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos y autobuses articulados. -Por los vehículos clasificados como taxis según el criterio de utilización del anexo II del Reglamento General de Vehículos, que cuenten con módulo luminoso exterior y licencia de autotaxi en vigor. -Por los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento y asistencia sanitaria en servicio de urgencia, los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía. -Los vehículos con distintivos ambientales (CERO, ECO, B y C) podrán acceder al carril BUS-VAO únicamente cuando así se indique mediante la señalización en carretera. V-15 Minusválido

1059. ¿Está permitido que un vehículo circule con el llamado, escape libre?

Imagen de la pregunta
  1. Si, cuando no resulte molesto para lo demás usuarios.
  2. No, excepto los ciclomotores de dos ruedas.
  3. No.

Tanto en vías urbanas como interurbanas se prohíbe la circulación de vehículos de motor y ciclomotores con el escape libre, sin el dispositivo silenciador de explosiones. Así como cuando los gases salgan a través de tubos resonadores.

1060. ¿Está permitido que un vehículo circule sin silenciador de explosiones?

  1. Sí, cuando no moleste a otros usuarios de la vía.
  2. No, excepto los ciclomotores de dos ruedas.
  3. No.

Al circular por las vías públicas los vehículos no pueden producir ruidos que superen los niveles máximos permitidos, como en el caso de circular con el escape libre o el silenciador roto.

1061. ¿La lluvia afecta a la conducción?

Imagen de la pregunta
  1. Circulando en una motocicleta sí, circulando en un turismo no.
  2. Sí, aumenta el tiempo de reacción.
  3. Sí, aumenta la distancia de frenado.

La lluvia, además de la falta de visibilidad, produce que la calzada esté mojada y se pierda adherencia, lo cual influye en la distancia recorrida al frenar siendo ésta mayor que con la calzada seca. La distancia de frenado es la recorrida por el vehículo desde que el conductor acciona el freno hasta que el vehículo queda detenido. Esta distancia puede variar dependiendo de la velocidad a la que se circula, el estado de los neumáticos, suspensión, frenos,de la carga del vehículo, de las condiciones de la vía y de la climatologia. Con lluvia la distancia de frenado aumenta hasta 2 veces más y con hielo o nieve hasta 10 veces más. Distancia de frenado Distancia de frenado respecto al clima

1062. ¿Podrá ser utilizado normalmente un carril VAO por un ciclomotor ocupado por dos personas?

  1. No.
  2. Sí, porque van dos personas.
  3. Sí, si circula por el arcén.

Con carácter general, pueden circular por el carril BUS-VAO motocicletas de dos o tres ruedas, turismos, autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, autobuses articulados y vehículos mixtos adaptables con el número de ocupantes que se fije por tramo. Tienen prohibida su circulación el resto de los vehículos y conjunto de vehículos, incluidos los turismos con remolque, ciclos y ciclomotores. No obstante, podrán ser utilizados también, aun cuando solo lo ocupe su conductor, por: -Los tipos de vehículos autorizados si ostentan la señal V-15 (distintivo movilidad reducida). -Por motocicletas de dos o tres ruedas. -Por autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos y autobuses articulados. -Por los vehículos clasificados como taxis según el criterio de utilización del anexo II del Reglamento General de Vehículos, que cuenten con módulo luminoso exterior y licencia de autotaxi en vigor. -Por los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento y asistencia sanitaria en servicio de urgencia, los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía. -Los vehículos con distintivos ambientales (CERO, ECO, B y C) podrán acceder al carril BUS-VAO únicamente cuando así se indique mediante la señalización en carretera. Minusválido

1063. ¿Puede circular conduciendo un ciclomotor por una vía interurbana sin arcén?

Imagen de la pregunta
  1. Sí, por la derecha, ocupando la parte imprescindible de la calzada.
  2. No, en este caso no se puede circular.
  3. Sí, por el centro del carril derecho.

Los ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros con carácter general, y en el caso de que no exista vía o parte de la misma que les esté especialmente destinada, están obligados a circular por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente para cada uno de ellos, y si no lo fuera, a utilizar la parte imprescindible de la calzada.

1064. ¿Puede conducir una motocicleta con el permiso de la clase B?

  1. Sí, si es de una cilindrada menor de 250 centímetros cúbicos.
  2. Sí, sólo en España, con una cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos, y con una antigüedad del permiso superior a tres años.
  3. Sí, siempre que no supere los 25 kW de potencia.

Las personas que estén en posesión del permiso B, con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional las motocicletas cuya conducción autoriza el permiso de la clase A1, que son: motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW.

1065. ¿Qué condiciones tienen que tener los neumáticos de una motocicleta?

Imagen de la pregunta
  1. Las dos ruedas tienen que ser del mismo tamaño y características.
  2. No tienen que presentar cortes, roces, deformaciones, etc.
  3. Las ranuras de la banda de rodadura tienen que tener una profundidad mínima de 1,6 milímetros.

Es necesario inspeccionar periódicamente la banda de rodadura de los neumáticos para comprobar que no existan desgastes irregulares, cortes, grietas, deformaciones o cuerpos extraños en su interior (como clavos o grava).

1066. ¿Qué documentos debe llevar consigo el conductor de un motocicleta, además del permiso de conducción?

  1. La tarjeta ITV y el permiso de circulación.
  2. El permiso de circulación, solamente.
  3. La tarjeta ITV, solamente.

Para circular por las vías públicas los vehículos han de estar amparados por los correspondientes documentos: la tarjeta de inspección técnica o el certificado de características técnicas, en el supuesto de ciclomotores, y el permiso de circulación o, en el caso de ciclomotores, la licencia de circulación. Tarjeta inspección técnica Permiso de circulación

1067. ¿Qué freno es más eficaz en una motocicleta?

  1. El freno trasero.
  2. El freno delantero.
  3. Los dos frenos son igual de eficaces.

El freno delantero es más eficaz que el freno trasero pues al frenar se carga más peso sobre la rueda delantera, pudiendo ejercer más intensidad de frenada sobre esta. En cambio la rueda trasera se aligera, con lo cual tiende a bloquearse si ejercemos mucha frenada sobre ella.

1068. ¿Qué parte del cuerpo resulta más afectada en los accidentes de motocicleta?

  1. Las piernas.
  2. Los brazos.
  3. La cabeza y la cara.

Las partes del cuerpo que resultan más afectadas en los accidentes con motocicleta son la cabeza y la cara. El uso del casco es de vital importancia.

1069. ¿Qué significa esta señal ?

Imagen de la pregunta
  1. Entrada prohibida a ciclomotores.
  2. Vía reservada a ciclos.
  3. Calzada para motocicletas sin sidecar.

La señal de la pregunta obliga a los conductores de ciclos a circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohíbe a los demás usuarios de la vía a utilizarla. Entrada prohibida a ciclomotores Calzada para motocicletas sin sidecar

1070. ¿Qué vehículos no pueden circular por autopista?

Imagen de la pregunta
  1. Motocicletas.
  2. Ciclomotores.
  3. Camiones de más de 3.500 kg.

Se prohíbe circular por autopistas y autovías con bicicletas, ciclomotores,vehículos para personas de movilidad reducida, vehículos de tracción animal,vehículos de movilidad personal y cualquier vehículo que no alcance la velocidad mínima de 60Km/h, a no ser que tenga una autorización expresa para hacerlo. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente. Dicha prohibición se complementará con un panel que informe del itinerario alternativo. Autopista Autovía

1071. ¿Qué vehículos no pueden circular por una autopista?

Imagen de la pregunta
  1. Motocicletas.
  2. Camiones de más de 3.500 kg.
  3. Ciclomotores.

Se prohíbe circular por autopistas y autovías con bicicletas, ciclomotores,vehículos para personas de movilidad reducida, vehículos de tracción animal,vehículos de movilidad personal y cualquier vehículo que no alcance la velocidad mínima de 60Km/h, a no ser que tenga una autorización expresa para hacerlo. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de bicicletas mayores de 14 años podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que por razones justificadas de seguridad vial se prohíba mediante la señalización correspondiente. Dicha prohibición se complementará con un panel que informe del itinerario alternativo. Autopista Autovía

1072. ¿Qué vehículos podrán usar un carril así señalizado?

Imagen de la pregunta
  1. Todos los vehículos.
  2. Sólo los de transporte colectivo.
  3. Los autobuses y las motocicletas.

En el carril bus se prohibe su utilización a los conductores que no sean de transporte colectivo a utilizar dicho carril. La mención taxi también autoriza a ellos a poder utilizarlo. En los tramos en que la marca longitudinal esté constituida por una línea discontinua, se permite su utilización a nivel general para realizar alguna maniobra que no sea parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, y siempre dejando preferencia a los vehículos que circulen por ese carril. Por lo tanto la única maniobra que se permite es el cambio de dirección, siempre que el carril esté delimitado por una línea discontinua. Si realizamos una parada en un carril bus obstaculizaremos el recorrido normal de estos vehículos, por lo que nunca se podrá realizar una parada en este carril. No confundir con la señal de parada de autobús. Carril reservado para autobuses Parada de autobús

1073. ¿Se podrá circular por el carril BUS?

Imagen de la pregunta
  1. Sí, si no perturbo al autobús o en su caso al taxi.
  2. No, porque está prohibido.
  3. Sí, si circulo con un ciclomotor.

Por el carril Bus sólo podrán circular los vehículos que estén autorizados, es decir, los que haga mención la señal. Por lo tanto como norma general no se podrá utilizar, solamente podremos entrar en él para realizar alguna maniobra que no sea la de parar, estacionar, cambiar de sentido o adelantar, dejando siempre preferencia a los autobuses y en su caso a los taxis, y en el tramo con línea discontinua.

1074. ¿Tiene permitido circular una motocicleta por un carril habilitado en sentido contrario al habitual?

Imagen de la pregunta
  1. Sí.
  2. No.
  3. Sí, pero sólo si se trata de una motocicleta de dos ruedas sin sidecar.

Por los carriles habilitados en sentido contrario al habitual por razones de fluidez de la circulación, sólo podrán circular las motocicletas, con o sin sidecar, y los turismos. En cambio cuando sean habilitados debido a obras, podrán circular por ellos todos los vehículos que estén autorizados a circular por la vía, salvo prohibición expresa.

1075. ¿Un ciclomotor podrá circular por la calzada así señalizada?

Imagen de la pregunta
  1. No, por ser una calzada exclusiva para motocicletas.
  2. Si, los ciclomotores también podrán usar esta calzada.

La señal de la pregunta obliga a los conductores de motocicletas a circular por la calzada en cuya entrada esté situada, pero no prohíbe circular por ella a los conductores de otro tipo de vehículos.

1076. ¿Un ciclomotor podrá circular por una vía así señalizada?

Imagen de la pregunta
  1. Sí, por permitirlo la señal.
  2. No, por prohibirlo la señal .
  3. Sí, tendrá que circular por la vía así señalizada obligatoriamente.

La señal de la pregunta obliga a los conductores de ciclos a circular por la vía así señalizada y prohíbe a los demás usuarios de la vía de utilizarla. Por lo tanto, los ciclomotores no podrán circular por la vía. Vía reservada para ciclomotores Vía reservada para ciclos

1077. Va a comprar una motocicleta y solo tiene el permiso A2. ¿Qué potencia máxima puede tener esa motocicleta?

  1. 25 kW
  2. 35 kW
  3. 47 kW

El A2 autoriza motocicletas con una potencia máxima de 35 kW. Cita: RGCond art. 4.2.

1078. Le gusta una motocicleta de 35 kW, pero su relación potencia/peso es de 0,25 kW/kg. ¿Puede conducirla con el permiso A2?

  1. No, porque el A2 solo llega hasta 25 kW de potencia máxima.
  2. No, porque el A2 exige que la relación no pase de 0,1 kW/kg.
  3. No, porque supera los 0,2 kW/kg que fija el permiso.

El A2 exige a la vez potencia máxima de 35 kW y relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg. Cita: RGCond art. 4.2.

1079. Le ofrecen una motocicleta limitada a 35 kW cuya versión de origen desarrolla 80 kW. ¿La autoriza el permiso A2?

  1. No, procede de un modelo de más del doble de potencia.
  2. Sí, una vez limitada ya no supera los 35 kW de potencia.
  3. Sí, siempre que la limitación conste en la ficha técnica.

El A2 excluye las motocicletas derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia: 80 kW pasa del doble de 35 kW. Cita: RGCond art. 4.2.

1080. Con el permiso A1, ¿qué límites de cilindrada y de potencia no puede rebasar la motocicleta que conduzca?

  1. 125 cm³ y 11 kW.
  2. 125 cm³ y 15 kW.
  3. 250 cm³ y 11 kW.

El A1 autoriza motocicletas de hasta 125 cm³, 11 kW y 0,1 kW/kg. Cita: RGCond art. 4.2.

1081. Tiene el permiso B con cinco años de antigüedad y quiere usar una motocicleta de las que autoriza el A1. ¿Dónde le habilita para conducirla?

  1. Únicamente dentro del territorio nacional.
  2. En cualquier Estado de la Unión Europea.
  3. En España y en los países limítrofes.

El B con una antigüedad superior a tres años permite conducir las motocicletas del A1 solo dentro del territorio nacional. Cita: RGCond art. 4.2.

1082. Ha obtenido el permiso A con 20 años cumplidos. ¿Puede conducir ya un triciclo de motor de 20 kW?

  1. No, para conducir triciclos de motor necesita el permiso B.
  2. Sí, pero solo cuando el permiso cumpla un año de vigencia.
  3. No, hasta los 21 años cumplidos no le autoriza ese triciclo.

Hasta los 21 años cumplidos el permiso A no autoriza triciclos de motor de más de 15 kW. Cita: RGCond art. 4.2.

1083. Es titular del A1 con dos años de experiencia y solicita el A2 por acceso progresivo. ¿Tiene que volver a examinarse de la prueba de conocimientos?

  1. No, le basta la prueba de circulación o la formación.
  2. No, y además queda exento de la prueba de circulación.
  3. No, basta con acreditar los dos años de experiencia.

Con A1 y dos años de experiencia el A2 se obtiene superando la prueba de aptitudes y comportamientos en circulación, sustituible por una formación. Cita: RGCond art. 5.3.

1084. Quiere el permiso A y solo tiene el B desde hace diez años. ¿Se lo pueden expedir?

  1. Sí, el permiso B con diez años da acceso directo al A.
  2. Sí, siempre que supere la prueba en circuito cerrado.
  3. No, necesita el A2 en vigor con dos años de antigüedad.

El permiso A solo se expide a quien ya sea titular de un A2 en vigor con al menos dos años de antigüedad. Cita: RGCond art. 5.1.a).

1085. Va a hacer el curso de formación para pasar del A2 al A. ¿Cuál es su duración mínima?

  1. Nueve horas lectivas repartidas al menos en dos días.
  2. Seis horas lectivas que pueden darse en una jornada.
  3. Doce horas lectivas repartidas al menos en tres días.

El curso dura como mínimo 9 horas lectivas realizadas al menos en dos días. Cita: Orden INT/210/2025 art. 2.2.

1086. Está haciendo el curso de acceso al permiso A. ¿Cuándo puede salir a practicar en vías abiertas al tráfico?

  1. En cualquier momento, el orden de las partes es libre.
  2. Cuando lo autorice la Jefatura Provincial de Tráfico.
  3. Cuando haya hecho la teoría y el circuito cerrado.

La circulación en vías abiertas se realiza una vez completadas la formación teórica y las maniobras en circuito cerrado, en ese orden. Cita: Orden INT/210/2025 art. 2.5.

1087. Ha terminado con aprovechamiento el curso de acceso al permiso A. ¿Qué le permite el certificado que le entregan?

  1. Conducir motos del A mientras tramita el permiso.
  2. Presentarse al examen práctico ante la Jefatura.
  3. Solicitar la expedición del permiso de la clase A.

El certificado de aprovechamiento tiene validez nacional y permite solicitar la expedición del permiso de la clase A. Cita: Orden INT/210/2025 art. 7.2.

1088. Se presenta al examen práctico del A2 con una motocicleta de cambio automático. ¿Qué consecuencia tiene en su permiso?

  1. Ninguna, en motocicletas no se anota restricción.
  2. Se anotará el código 78 y solo llevará automáticas.
  3. Deberá repetir la prueba con una moto de cambio manual.

Quien se examina con un vehículo de cambio automático lo ve reflejado en el permiso y solo queda habilitado para vehículos de esas características: es el código 78. Cita: RGCond anexo VII. A).4 y anexo I. B), código 78.

1089. Se examina del A2 con una motocicleta cuyo embrague se acciona con una maneta del manillar. ¿Cómo se considera ese cambio?

  1. Manual, porque el embrague lo acciona el conductor.
  2. Automático, porque carece de pedal de embrague.
  3. Automático, salvo que tenga más de cinco marchas.

En motocicletas se considera cambio manual el que lleva palanca de embrague accionada a mano por el conductor. Cita: RGCond anexo VII. A).4.

1090. Antes de empezar el examen práctico del A2 el examinador comprueba su equipo. Además del casco homologado, ¿qué debe llevar?

  1. Guantes, chaqueta y pantalón con protecciones, y botas.
  2. Guantes y un chaleco reflectante homologado, nada más.
  3. Guantes, rodilleras externas y calzado deportivo cerrado.

Para AM, A1 y A2 el equipo del aspirante es casco homologado, guantes, chaqueta y pantalones con protecciones y botas. Cita: RGCond anexo VI. C).1.

1091. Realiza la prueba de circulación del A2 conduciendo solo la motocicleta. ¿Qué debe llevar visible por detrás?

  1. Una placa verde de prácticas en el portamatrículas.
  2. Un chaleco reflectante con la señal V-14 estampada.
  3. Un panel V-20 con franjas rojas y blancas reflectantes.

El aspirante de A1 y A2 conduce sin acompañante y lleva chaleco reflectante homologado con la señal V-14 visible por detrás. Cita: RGCond anexo VI. C).7.5.

1092. Antes de las maniobras del examen de A1 o A2 debe efectuar unas verificaciones. ¿Cuál de estas parejas de elementos figura entre ellas?

  1. El nivel del líquido refrigerante y la tensión de los radios.
  2. La cadena de tracción y el nivel de aceite.
  3. La presión de los amortiguadores y el estado de la batería.

Las verificaciones previas comprenden neumáticos, frenos, dirección, interruptor de parada de emergencia, cadena de tracción, nivel de aceite, faros, catadióptricos, indicadores de dirección y señal acústica. Cita: RGCond anexo V. B).3.2.b).

1093. Ha aprobado el circuito cerrado del A2 y va a practicar en vías abiertas. ¿Cuánto vale la autorización que le da Tráfico?

  1. Un año desde que se expide.
  2. Dos años desde que se expide.
  3. Seis meses desde que se expide.

La autorización administrativa para el aprendizaje en vías abiertas tiene un período de vigencia de dos años. Cita: RGCond anexo VI. C).6.

1094. Durante el aprendizaje en vías abiertas con el A2, ¿cómo dirige el profesor la clase?

  1. Sentado detrás de usted en la misma motocicleta.
  2. Desde la escuela, por teléfono con manos libres.
  3. Desde otro vehículo, con un intercomunicador.

El alumno conduce solo y el profesor le dirige desde una motocicleta o un turismo próximo mediante intercomunicador bidireccional. Cita: RGCond anexo VI. C).6.

1095. En el circuito cerrado del A2 debe hacer un frenado de emergencia controlado. ¿A qué velocidad mínima?

  1. 30 km/h
  2. 40 km/h
  3. 50 km/h

La aceleración y frenado controlado se hace desde 30 km/h y el frenado de emergencia desde 50 km/h como mínimo. Cita: RGCond anexo V. B).3.2.

1096. Circula en moto por una vía urbana con la circulación totalmente retenida y todos los carriles ocupados. ¿Puede cambiar de carril para avanzar más deprisa?

  1. Sí, en moto está permitido buscar el carril más rápido.
  2. No, solo para girar, salir de la calzada o tomar dirección.
  3. Sí, si lo avisa con el intermitente y no molesta a nadie.

Con la calzada saturada ningún conductor debe cambiar de carril para adelantar ni para otra maniobra que no sea girar, salir de la calzada o tomar determinada dirección. Cita: RGC art. 83.2.

1097. Circula en una retención en la que los vehículos ocupan toda la anchura de la calzada y los de su carril avanzan más deprisa que los del carril contiguo. ¿Qué considera la norma que ocurre?

  1. Un adelantamiento por la derecha que no está permitido.
  2. Un adelantamiento que debe advertir con el intermitente.
  3. Nada: en esa situación no se considera adelantamiento.

Cuando los vehículos ocupan toda la anchura de la calzada, que los de un carril circulen más deprisa que los de otro no se considera adelantamiento. Cita: RGC art. 83.2.

1098. Circula en moto por una calle de la ciudad con dos carriles en su sentido delimitados por marcas. ¿Puede adelantar por la derecha?

  1. Sí, pero solo si el de delante va a girar a la izquierda.
  2. Sí, tras cerciorarse de que puede hacerlo sin peligro.
  3. Sí, porque las motos pueden adelantar por ambos lados en ciudad.

Dentro de poblado, en calzadas con al menos dos carriles delimitados en el mismo sentido, se permite adelantar por la derecha cerciorándose antes de que no hay peligro. Cita: RGC art. 82.3.

1099. Le han montado a la moto un escape sin silenciador porque suena mejor. ¿Puede circular así?

  1. Sí, mientras no supere el ruido en zona urbana.
  2. No, está prohibido circular con el escape libre.
  3. Sí, si el escape está homologado para competición.

Se prohíbe en vías urbanas e interurbanas la circulación con el llamado escape libre, sin el preceptivo dispositivo silenciador. Cita: RGC art. 7.2.

1100. Su motocicleta tiene una anchura inferior a un metro y lleva sujeta una carga. ¿Cuánto puede sobresalir a cada lado del eje longitudinal?

  1. Hasta 0,40 metros a cada lado.
  2. Hasta 0,50 metros a cada lado.
  3. Hasta 0,60 metros a cada lado.

En vehículos de anchura inferior a un metro la carga no puede sobresalir más de 0,50 metros a cada lado del eje longitudinal. Cita: RGC art. 15.4.

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Otros temas

Límites de velocidadA cuánto se puede ir en cada vía y con cada vehículo, y cuándo hay que moderar la marcha.Prioridad de pasoQuién pasa primero en intersecciones, glorietas, tramos estrechos y pasos a nivel.AdelantamientoCuándo se puede adelantar, cómo se hace y dónde está prohibido.Parada y estacionamientoDiferencia entre parar y estacionar, y dónde está prohibido cada uno.ManiobrasIncorporación, cambio de carril, giros, cambio de sentido y marcha atrás.Alumbrado del vehículoQué luz toca en cada momento: de noche, en túnel, con niebla o parado en el arcén.

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Fuente: Catálogo oficial de señales del anexo I del Reglamento General de Circulación (RD 465/2025, BOE-A-2025-12199) y Diccionario en Lectura Fácil del permiso B de la Dirección General de Tráfico. Reutilización de información del sector público conforme a la Ley 37/2007. Este sitio no es la DGT. Detalle de fuentes.