Test de parada y estacionamiento — carnet de conducir
Diferencia entre parar y estacionar, y dónde está prohibido cada uno. 284 preguntas con la respuesta correcta señalada. Página 3 de 6.
Practicar estas preguntas en la app101. ¿Qué indica la marca amarilla pintada junto al borde de la calzada del dibujo?
- Que está prohibido parar y estacionar. ✓
- Nada, sólo delimita el borde de la calzada.
- Que la vía está en obras.
Una línea continua amarilla pintada en el bordillo de la calzada, indica que está prohibida la parada y por tanto también el estacionamiento en el lado de la calzada donde esta situada. En el caso de que la prohibición sea temporal, se indicara mediante señal vertical al principio del tramo.
102. ¿Qué indica ésta señal al conductor de un ciclomotor?
- Que circula por un camino que está reservado para su circulación.
- Que está prohibido entrar en la vía que señaliza. ✓
- El lugar en el que está permitido estacionar.
Entrada prohibida a ciclomotores. Prohibición de acceso a ciclomotores de 2 y 3 ruedas y cuadriciclos ligeros . Igualmente prohibe la entrada a vehículos para personas de movilidad reducida.
103. ¿Qué significan las marcas amarillas pintadas en la calzada en forma de zig-zag?
- Zona donde está prohibido el estacionamiento a los vehículos en general. ✓
- Zona reservada para estacionar los vehículos de emergencias.
- Zona reservada para el estacionamiento de vehículos en general.
Marca amarilla zigzag.Indica el lugar de la calzada en que el estacionamiento está prohibido a los vehículos en general, por estar reservado para algún uso especial que no implique larga permanencia de ningún vehículo. Generalmente se utilizará en zonas de parada (no estacionamiento) de autobuses o destinadas a la carga y descarga de vehículos.
104. ¿Qué significan las marcas amarillas pintadas en la calzada en forma de zigzag?
- Zona donde está prohibido el estacionamiento a los vehículos en general. ✓
- Zona reservada para estacionar los vehículos de emergencias.
- Zona reservada para el estacionamiento de vehículos en general.
Marca amarilla zigzag: Indica el lugar de la calzada en que el estacionamiento está prohibido a los vehículos en general, por estar reservado para algún uso especial que no implique larga permanencia de ningún vehículo. Generalmente se utilizará en zonas de parada (no estacionamiento) de autobuses o destinadas a la carga y descarga de vehículos.
105. A la vista de la señalización, un miércoles a las 12 del medio día un turismo ...
- solo puede estacionar para dejar un paquete.
- puede realizar una parada. ✓
- no puede parar ni estacionar.
La señal de la pregunta prohíbe el estacionamiento dentro del horario destinado a la carga y descarga. Está zona está destinada a los vehículos dedicados al transporte de mercancías (furgones, camiones, vehículos mixtos ...). Un turismo dentro del horario marcado podrá parar pero no estacionar. Recordemos que la parada ha de ser por un tiempo inferior a 2 minutos y sin abandonar el vehículo. El conductor del turismo podrá realizar la parada para lo que necesite, no ha ser obligatoriamente la descarga de un paquete.
106. Al dar marcha atrás para estacionar, ¿se puede invadir un cruce de vías?
- Sí, siempre que no recorra más de 15 metros.
- Sí.
- No. ✓
Como norma general está prohibido circular marcha atrás, salvo en los siguientes casos de manera excepcional y siempre con el recorrido mínimo indispensable: 1. Como maniobra complementaria de la parada, estacionamiento o la incorporación a la circulación. En este caso el recorrido marcha atrás no podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de vías. 2. Cuando no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha. En este caso no existe limitación de recorrido marcha atrás, incluso pudiendo invadir un cruce de vías, de ser necesario. La maniobra de marcha atrás está prohibida en autovías y autopistas.
107. Al estacionar en vía urbana, ¿por qué lado deben descender los pasajeros del vehículo?
- Por el lado de la calzada.
- Siempre por la derecha.
- Por el lado más próximo al borde de la calzada. ✓
Por seguridad, es recomendable que los pasajeros desciendan del vehículo por el lado más próximo al borde de la calzada, ya que si lo hacen por el lado de la calzada pueden ser atropellados. Dependiendo de en que lado se haya estacionado el lado más próximo al borde la calzada puede ser el derecho o el izquierdo. En vías urbanas de sentido único se puede parar y estacionar tanto a la derecha como a la izquierda, cuando éstas sean de doble sentido o en vías interurbanas sólo se podrá realizar a la derecha.
108. Al estacionar nuestro vehículo de noche en una vía urbana suficientemente iluminada, ¿qué alumbrado utilizaremos?
- El alumbrado de posición.
- Las dos luces de posición del lado más próximo al centro de la calzada.
- Ninguna. ✓
Para estacionar el vehículo en una vía urbana suficiente iluminada no será necesario dejar encendido ningún alumbrado. Cuando la vía sea insuficientemente iluminada y el vehículo no pueda distinguirse a suficiente distancia por los demás usuarios, deberemos de dejar las luces de estacionamiento o de posición.
109. Al estacionar un turismo en pendiente ascendente, su conductor deberá ...
- dejar seleccionada la marcha atrás.
- dejar accionado el freno de estacionamiento. ✓
- apoyar una rueda delantera en el bordillo y orientarla hacia fuera de la calzada.
Antes de abandonar el puesto de conducción debemos: - Parar el motor y desconectar el sistema de arranque. Si se aleja del vehículo, impida su uso sin autorización. - Dejar accionado el freno de estacionamiento. - Si la inmovilización se realiza en pendiente, debemos: - Colocar la marcha adecuada, la primera velocidad en pendiente ascendente, y la marcha hacia atrás, en descendente, o, en su caso, la posición de estacionamiento. Los conjuntos de vehículos, autobuses y vehículos de más de 3.500Kg de MMA, deben dejarlos debidamente calzados: - apoyando una de las ruedas directrices en el bordillo de la acera, inclinandolas hacia el centro de la calzada en pendientes ascendentes y hacia fuera en pendientes descendentes, o - colocando calzos adecuados, sin poder utilizar piedras u otros elementos no destinados a dicha función. Los calzos deben retirarse antes de inicar la marcha.
110. Al estacionar un vehículo en pendiente ascendente, su conductor deberá...
- Apoyar una rueda delantera en el bordillo y orientada hacia fuera de la calzada.
- Dejar accionado el freno de estacionamiento. ✓
- Dejar seleccionada la marcha atrás.
Al estacionar nuestro vehículo en una pendiente ascendente, además de accionar el freno de estacionamiento, dejaremos colocada la primera velocidad. Cuando la pendiente sea descendente dejaremos la marcha atrás. En el caso de vehículos con una caja de cambios automática, la dejaremos en la posición P, tanto si la pendiente es ascendente como descendente. Cuando la parada o el estacionamiento de un vehículo de más de 3.500 kg de MMA, de un autobús o de un conjunto de vehículos, se realice en un lugar con una sensible pendiente, su conductor deberá dejarlo debidamente calzado bien sea por medio de la colocación de calzos, o bien por el apoyo de una de las ruedas directrices (delanteras) en el bordillo de la acera, orientada hacia el centro de la calzada en las pendientes ascendentes y hacia afuera en las pendientes descendentes. Está prohibido utilizar como calzos elementos naturales como piedras, maderos, etc.
111. Al estacionar un vehículo en una vía urbana suficientemente iluminada, ¿qué alumbrado dejará encendido?
- Ninguno. ✓
- El alumbrado de posición o el de estacionamiento, si se trata de una travesía.
- El alumbrado de posición.
No será obligatorio que los vehículos estacionados tengan encendidas las luces de posición en una vía urbana suficientemente iluminada o cuando la iluminación permita a otros usuarios distinguirlos a una distancia suficiente.
112. Como norma general, en una vía interurbana la parada y el estacionamiento se realizarán...
- siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de la misma y dejando libre la parte transitable del arcén. ✓
- en el arcén, cuando sea transitable y suficiente.
- siempre en el arcén.
El arcén de las vías interurbanas es el lugar destinado para la circulación de algunos vehículos como por ejemplo los ciclomotores, ciclos o vehículos para personas de movilidad reducida entre otros. Por este motivo si estacionamos o paramos en el arcén entorpeceremos su circulación. Por ello en estas vías siempre se parará o estacionará fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén. En el arcén se permite si éste no es transitable. Además siempre se ha de hacer al lado derecho, independientemente de los sentidos de circulación. En las vías urbanas normalmente los arcenes se utilizan para estacionar,por lo que si se podrá usar para parar y estacionar aunque sea transitable. Si la vía es de sentido único se podrá hacer tanto a la derecha como a la izquierda, si es de sentido único sólo a la derecha. Vía interurbana Vía urbana
113. Cuando al estacionar su vehículo el conductor tenga que dejar su puesto, deberá...
- Adoptar las precauciones necesarias para impedir el uso del vehículo sin su autorización. ✓
- Dejarlo debidamente calzado.
- Dejar el cambio de marchas en posición de estacionamiento.
Antes de abandonar el puesto de conducción debemos: - Parar el motor y desconectar el sistema de arranque. Si se aleja del vehículo, impida su uso sin autorización. - Dejar accionado el freno de estacionamiento. - Si la inmovilización se realiza en pendiente, debemos: - Colocar la marcha adecuada, la primera velocidad en pendiente ascendente, y la marcha hacia atrás, en descendente, o, en su caso, la posición de estacionamiento. Los conjuntos de vehículos, autobuses y vehículos de más de 3.500Kg de MMA, deben dejarlos debidamente calzados: - apoyando una de las ruedas directrices en el bordillo de la acera, inclinandolas hacia el centro de la calzada en pendientes ascendentes y hacia fuera en pendientes descendentes, o - colocando calzos adecuados, sin poder utilizar piedras u otros elementos no destinados a dicha función. Los calzos deben retirarse antes de inicar la marcha.
114. Cuando no se puede colocar el vehículo paralelo al borde de la calzada, ¿está permitido parar o estacionar?
- No, en ningún caso.
- Sólo si el estacionamiento está marcado en batería.
- Sí, si las características de la vía u otras circunstancias lo permiten. ✓
Al parar o estacionar el vehículo el conductor deberá situarlo en paralelo al borde de la calzada como norma general ( línea o cordón). No obstante, se podrá colocar de otra forma cuando las características de la vía u otras circunstancias así lo aconsejen ( batería u oblicuo). Estacionamiento en línea Estacionamiento en oblícuo Estacionamiento en batería y en oblicuo
115. Cuando se circula marcha atrás para estacionar...
- debe conectar la señal de emergencia.
- no está permitido recorrer más de 15 metros ni invadir un cruce de vías. ✓
- la maniobra no puede durar más de 15 segundos.
Como norma general está prohibido circular marcha atrás, salvo en los siguientes casos de manera excepcional y siempre con el recorrido mínimo indispensable: 1. Como maniobra complementaria de la parada, estacionamiento o la incorporación a la circulación. En este caso el recorrido marcha atrás no podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de vías. 2. Cuando no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha. En este caso no existe limitación de recorrido marcha atrás, incluso pudiendo invadir un cruce de vías, de ser necesario. La maniobra de marcha atrás está prohibida en autovías y autopistas.
116. Cuando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo debidamente estacionado, estará prohibido...
- Estacionar, pero no parar.
- Parar, pero estará permitido estacionar.
- Parar y estacionar. ✓
Cuando se impida incorporarse a la circulación a un vehículo debidamente estacionado, estará prohibido parar y estacionar. De hacerlo se considerará que obstaculizamos gravemente la circulación.
117. Cómo advertirá su propósito de efectuar una parada en el carril derecho a los conductores de los vehículos que circulan por detrás suyo?
- Utilizando la señal de emergencia.
- Utilizando el intermitente derecho. ✓
- Utilizando el intermitente izquierdo.
Para señalizar una parada deberemos de advertirlo con el intermitente del lado correspondiente a donde vamos a realizar la inmovilización. La luz o señal de emergencia, se utilizará para señalizar y advertir el peligro que constituye temporalmente el vehículo afectado por avería, accidente, caída de la carga o por cualquier otra emergencia en vías urbanas e interurbanas, tanto de día como de noche y si el vehículo se encuentra inmovilizado o en movimiento, pero no para señalizar una parada o estacionamiento.
118. Delante de un vado, esta señal prohíbe...
- solamente el estacionamiento. ✓
- únicamente la parada.
- la parada y el estacionamiento.
La señal de la pregunta prohíbe el estacionamiento delante de un vado. No prohíbe la detención ni la parada. Estacionamiento prohibido en vado.
119. El autobús se incorpora desde la parada. ¿Es obligatorio facilitarle el paso?
- Sólo si se dedica al transporte escolar.
- No.
- Sí. ✓
En los poblados, para facilitar la circulación de los vehículos de transporte colectivo de viajeros, los conductores de los demás vehículos deberán desplazarse lateralmente, siempre que fuera posible, o reducir su velocidad siempre que puedan hacerlo sin riesgo y sin que lo hagan de forma brusca y lo adviertan con las señales reglamentarias, llegando incluso a detenerse, si fuera preciso, para que los vehículos de transporte colectivo puedan efectuar la maniobra necesaria para proseguir su marcha a la salida de las paradas señalizadas como tales.
120. El lunes a las 9 de la mañana, a partir del lugar donde se encuentra situada esta señal...
- sólo se puede estacionar para dejar un paquete.
- está prohibido parar y estacionar.
- se puede parar pero no estacionar. ✓
La señal de la pregunta prohíbe el estacionamiento dentro del horario destinado a la carga y descarga. Fuera de este horario se podrá estacionar. En el horario marcado solamente se podrá parar. Recordemos que la parada ha de ser por un tiempo inferior a 2 minutos y sin abandonar el vehículo. Prohibido parar y estacionar Prohibido estacionar
121. El vehículo del arcén, ¿está bien estacionado?
- Sí, porque no molesta.
- No, porque en el arcén no se puede estacionar. ✓
- No, porque no está señalizado.
La parada o estacionamiento, como norma general, se deberán efectuar en vías interurbanas, siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de la misma y dejando libre la parte transitable del arcén. En este caso el arcén es transitable y se debe dejar libre para la circulación de determinados vehículos, como los ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal, vehículos de movilidad reducida, vehículos especiales de MMA hasta 3.500Kg y vehículos en seguimiento ciclista.
122. El vehículo que se observa en la parte derecha de la fotografía, ¿está correctamente estacionado?
- Sí, siempre que el estacionamiento dure menos de dos minutos.
- Sí, porque se encuentra fuera de la zona transitable del arcén. ✓
- No, porque obstaculiza.
La parada o estacionamiento en vías interurbanas, como norma general, se deberá efectuar siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de la misma y dejando libre la parte transitable del arcén. Dentro de poblado, en vías urbanas, se hará dentro de la calzada y del arcén, aunque sea transitable, siempre que se deje un espacio libre de al menos 3m.
123. El vehículo rojo está parado en el arcén transitable de esta vía, ¿lo hace de forma correcta?
- Sí, porque está parado. No sería correcto si estuviese estacionado.
- No, en la parte transitable del arcén no se puede parar ni estacionar. ✓
- Sí, en el arcén se puede parar y estacionar siempre que no estorbemos.
En el arcén transitable de una vía fuera de poblado no podemos parar ni estacionar. Sí podríamos hacerlo fuera de la parte transitable del mismo. Si que podremos hacer uso de él para una detención, que es una inmovilización involuntaria (avería, malestar, etc).
124. En caso de extravío del permiso de circulación del vehículo pediremos un duplicado…
- al fabricante del vehículo.
- a la Jefatura de Tráfico. ✓
- a la estación ITV.
El permiso de circulación acredita la matriculación del vehículo y autoriza a que éste pueda circular por las vías públicas. Este documento contiene los datos del titular e identifica el vehículo. En caso de deterioro o extravío del permiso de circulación será necesario pedir un duplicado en la Jefatura de Tráfico.
125. En el arcén transitable de una travesía …
- Se puede parar pero no estacionar.
- No se puede parar ni estacionar..
- Se puede parar y estacionar. ✓
En vías urbanas, como las travesías (que están siempre en poblado), se puede parar y estacionar tanto dentro de la calzada como en el arcén, incluso si este es transitable, siempre que se deje un espacio libre de al menos 3 metros para no obstaculizar la circulación. En vías de sentido único, se puede estacionar en ambos lados, mientras que en vías de doble sentido, solo se permite en el lado derecho. En cambio, en vías interurbanas, los vehículos deben estacionar fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén, y siempre en el lado derecho, aunque la vía sea de sentido único. Por ello, en una travesía, que es una vía urbana, el arcén transitable se puede usar para parar y estacionar, respetando el espacio mínimo libre.
126. En el tramo de carril que se observa en la fotografía, ¿se puede estacionar?
- Sí, porque es una vía con poca circulación.
- No, porque lo prohíbe la marca vial. ✓
- No, porque hay acera.
Una línea continua de color amarillo en el bordillo, o junto al borde de la calzada, significa que la parada y el estacionamiento están prohibidos o sometidos a alguna restricción temporal indicado por señales, en toda la longitud de la línea y en el lado en que esté dispuesta.
127. En esta curva de visibilidad reducida, ¿está permitido parar o estacionar?
- Sí, siempre que lo haga en el arcén.
- No. ✓
- Sí, ya que no hay señal que lo prohíba.
Está prohibido parar o estacionar en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y en sus proximidades.
128. En esta zona destinada a carga y descarga, ¿está permitido parar y estacionar?
- Únicamente pueden parar y estacionar los camiones.
- No, ni parar ni estacionar.
- Únicamente está permitido parar. ✓
Una marca amarilla en zigzag indica el lugar de la calzada en que el estacionamiento está prohibido a los vehículos en general, por estar reservado para algún uso especial que no implique larga permanencia de ningún vehículo. Generalmente se utilizará en zonas de parada (no estacionamiento) de autobuses o destinadas a la carga y descarga de vehículos, como en el caso de la pregunta.
129. En los carriles reservados para bicicletas está prohibido...
- estacionar, solamente.
- parar y estacionar. ✓
- parar, únicamente.
Está prohibido parar y estacionar en los carriles o partes de la vía reservados exclusivamente para determinados usuarios,aunque no haya señal expresa que lo indique, como: - Transporte urbano (carril bus, parada bus y estacionamiento de taxis) - En pasos de peatones,aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones. - Zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos. - En los carriles reservados para bicicletas y pasos para ciclistas. - En pasos a nivel, sobres los railes del tranvía o lugares que les les entorpezca la circulación. Parada y estacionamiento prohibido.
130. En un cambio de rasante, ¿está prohibido parar y estacionar?
- No, salvo en los de visibilidad reducida. ✓
- Sí.
- Parar no, pero estacionar sí.
Hay que tener en cuenta que cambios de rasante hay de visibilidad reducida o de buena visibilidad. Cuando el cambio de rasante es de visibilidad reducida no se puede parar ni estacionar. Si el cambio de rasante tiene buena visibilidad, no tendremos restricción.
131. En un carril bus, ¿está permitido realizar una parada?
- No. ✓
- Sí, si no entorpezco el paso de autobuses y taxis.
- Sí, en todo caso.
En un carril bus se permite realizar maniobras que no sean la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar. Por ejemplo se permite realizar una maniobra de cambio de dirección, siempre que el carril esté delimitado por una línea discontinua. Si realizamos una parada en un carril bus obstaculizaremos el recorrido normal de estos vehículos, por lo que nunca se podrá realizar una parada en este carril. Carril bus Parada de autobús
132. En un carril delimitado por línea continua, a la vista de la señal, pueden circular ...
- solamente bus y taxi.
- los vehículos indicados en el pictograma. ✓
- ningún vehículo, es una zona de estacionamiento.
La señal de la imagen, indica un carril destinado exclusivamente a la circulación de cierto o ciertos tipos de vehículos determinados (autobuses, motocicletas, vehículos de tres ruedas asimilados a motocicletas, taxis, ciclos, etc.). Se incluirá en la señal el pictograma representativo del tipo o tipos de vehículos autorizados. En los tramos en que la marca vial longitudinal delimitadora del carril esté constituida por una línea discontinua, se permite su utilización al resto de usuarios únicamente para realizar alguna maniobra, que no sea la de parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar, dejando siempre preferencia a los vehículos autorizados a circular por este carril.
133. En un paso para peatones, ¿está permitido parar o estacionar?
- No. ✓
- Sí.
- Está permitido parar, pero está prohibido estacionar.
En las zonas destinadas al paso de peatones está prohibido parar y estacionar. En sus proximidades si que podemos hacerlo. Parada y estacionamiento prohibido.
134. En un turismo, ¿es obligatorio utilizar los cinturones de seguridad?
- Sí, excepto para el conductor cuando efectúe una maniobra de marcha atrás o de estacionamiento. ✓
- No, cuando el uso del cinturón moleste o reste libertad de movimientos.
- Sí, excepto en los taxis.
Es obligatorio el uso de cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abrochados, tanto en la circulación de vías urbanas como interurbanas por el conductor y los pasajeros de los turismos. Excepciones: - Están exentos de utilizar el cinturón en todas las vías los conductores cuando realicen la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento. - Aquellos que certifiquen por razones médicas graves o discapacidad que les exima de utilizarlo. - Los conductores de taxi cuando estén de servicio,sólo en vías urbanas (los pasajeros están obligados a llevarlo abrochado). - Los transportistas cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga en lugares próximos. - Los conductores y los pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia. - Las personas que acompañen a un alumno durante el aprendizaje de la conducción o durante las pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos del automóvil.
135. En una calzada estrecha, ¿está permitido realizar una parada encima de la acera?
- Sí, ya que la vía es estrecha.
- Sí, siempre que no molestemos a los peatones.
- No. ✓
Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación, los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: -Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre la misma que indique prohibición de atravesarla sea inferior a 3 metros o, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehículos. -Cuando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo debidamente parado o estacionado. -Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de vehículos, personas o animales, en un vado señalizado correctamente. -Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para disminuidos físicos. -Cuando se efectúe en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico. -Cuando se impida el giro autorizado por la señal correspondiente. -Las paradas o estacionamientos que, sin estar incluidos en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales.
136. En una calzada estrecha,¿está permitido realizar una parada encima de la acera?
- Sí,ya que la vía es estrecha.
- Sí, siempre que no molestemos a los peatones.
- No. ✓
Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación, los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos: -Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre la misma que indique prohibición de atravesarla sea inferior a 3 metros o, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehículos. -Cuando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo debidamente parado o estacionado. -Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de vehículos, personas o animales, en un vado señalizado correctamente. -Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para disminuidos físicos. -Cuando se efectúe en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico. -Cuando se impida el giro autorizado por la señal correspondiente. -Las paradas o estacionamientos que, sin estar incluidos en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales.
137. En una carretera convencional, ¿se puede parar o estacionar fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén?
- Sí, se puede parar y estacionar en el lado derecho de la calzada. ✓
- Se puede parar, pero no estacionar.
- Se puede estacionar, pero no parar.
Lugares en que deben efectuarse las paradas y estacionamientos: *En vías urbanas: dentro de la calzada y del arcén, aunque este sea transitable, siempre que se deje un espacio libre de al menos 3 metros. -En ambos lados, si la vía es de sentido único. -Sólo en lado derecho, si la vía es de doble sentido. *En vías interurbanas: fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén. -Sólo en lado derecho, aunque la vía sea de sentido único.
138. En una entrada de garaje, ¿está permitido estacionar el vehículo?
- Sí.
- Sí., pero debo encender la luz de emergencia.
- No. ✓
En la entrada de un garaje (o vado) nunca estará permitido estacionar, pero si parar. Si estacionamos en la entrada de un garaje es posible que alguien quiera salir con su vehículo de su casa y no pueda. Estacionamiento prohibido en vado
139. En una parada de transporte público urbano, ¿está permitido parar o estacionar?
- No, en ningún caso. ✓
- Sí, únicamente para subir o bajar pasajeros.
- Sí, está permitido parar, pero no estacionar.
En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano, está prohibido parar y estacionar, aunque no haya señal expresa que lo indique. Parada de autobús
140. En una vía interurbana de doble sentido de la circulación, ¿está permitido realizar una parada o estacionamiento en el lado izquierdo?
- Sí, para programar el sistema de navegación del vehículo.
- Sí, para atender una llamada urgente de teléfono.
- No, en ningún caso. ✓
Como norma general, la parada o estacionamiento en vías interurbanas se deberá efectuar siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de la misma y dejando libre la parte transitable del arcén. En vías urbanas se podrá hacer dentro de la calzada y del arcén, aunque éste sea transitable, siempre que se deje un espacio libre de al menos 3 metros. Si la vía es de sentido único se podrá hacer a ambos lados y si es de doble sentido en el lado derecho. Vía urbana Vía interurbana
141. En una vía urbana de doble sentido de circulación, ¿en qué lado podremos efectuar una parada?
- Tanto en el lado derecho como en el lado izquierdo.
- Solo en el lado derecho. ✓
- Solo en el lado izquierdo.
En las vías urbanas de doble sentido de circulación la parada se realizará situando el vehículo lo más cerca posible del borde derecho de la calzada. Cuando la calzada sea de sentido único, también podremos realizar la parada en el lado izquierdo.
142. En una vía urbana de sentido único en la que no hay señalización que prohíba estacionar ni marcas viales en la calzada, ¿en qué lado está permitido el estacionamiento?
- En el lado derecho solamente.
- En ambos lados, tanto en el derecho como en el izquierdo. ✓
- En el lado izquierdo solamente.
En zona urbana, el estacionamiento se permite tanto dentro de la calzada como en el arcén aunque sea transitable, siempre y cuando se mantenga un espacio libre de al menos 3 metros. En caso de vías de sentido único, se puede estacionar en ambos lados. Sin embargo, si la vía es de doble sentido, el estacionamiento está permitido únicamente en el lado derecho. Por otro lado, en vías interurbanas, el estacionamiento debe realizarse fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén. Incluso en carreteras de sentido único, el estacionamiento se limita al lado derecho.
143. En una vía urbana, es obligatorio realizar las operaciones de carga y descarga...
- respetando las disposiciones que dicten las autoridades municipales. ✓
- respetando únicamente las disposiciones sobre paradas y estacionamientos.
- siempre por el lado más próximo al borde de la calzada.
Las operaciones de carga o descarga deberán llevarse a cabo fuera de la vía. Excepcionalmente, cuando sea inexcusable efectuarlas en ésta, deberán realizarse sin ocasionar peligros ni perturbaciones graves al tránsito de otros usuarios y teniendo en cuenta las normas siguientes: - Se respetarán las disposiciones sobre paradas y estacionamientos y, en poblado, las que dicten las autoridades municipales sobre horas y lugares adecuados. - Se efectuarán, en lo posible, por el lado del vehículo más próximo al borde de la calzada. - Se llevarán a cabo con medios suficientes para conseguir la máxima celeridad, procurando evitar ruidos y molestias innecesarias. - Queda prohibido depositar la mercancía en la calzada, arcén y zonas peatonales.
144. En una vía urbana, ¿podremos realizar una parada en el lado izquierdo?
- No, en ningún caso.
- Sí, siempre que no se entorpezca la circulación de los demás vehículos.
- Sí, cuando la vía sea de sentido único. ✓
En una vía urbana o travesía de sentido único la parada o estacionamiento podrá realizarse en el lado izquierdo. En las vías interurbanas se realizará siempre en el lado derecho, fuera de la calzada y dejando libre la parte transitable del arcén.
145. En una zona azul podemos estacionar...
- Por un tiempo limitado. ✓
- Sólo teniendo una autorización especial.
- Sin restriccion de tiempo.
Las marcas azules delimitan los lugares en que el estacionamiento está permitido pero la duración del mismo está limitada por cierto tiempo.
146. En una zona reservada para carga y descarga, durante el horario de utilización:
- No está permitido ni parar ni estacionar.
- Solo está permitido estacionar.
- Solo pueden estacionar los vehículos destinados a la carga y descarga. ✓
Las zonas reservadas para carga y descarga durante su horario de utilización están destinadas principalmente a facilitar las operaciones de los vehículos de transporte de mercancías. En general, se permite la parada, sin embargo, el estacionamiento únicamente está permitido a los vehículos destinados a este tipo de transporte. El resto de vehículos no pueden utilizarlas para estacionar. El objetivo es garantizar la fluidez y operatividad de estas zonas.
147. En una zona señalizada para carga y descarga, ¿está permitido estacionar como norma general?
- Sí, en cualquier caso.
- Sí, siempre que permanezca dentro vehículo.
- No. ✓
Una marca amarilla en zigzag indica el lugar de la calzada en que el estacionamiento está prohibido a los vehículos en general, por estar reservado para algún uso especial que no implique larga permanencia de ningún vehículo. Generalmente se utilizará en zonas de parada (no estacionamiento) de autobuses o destinadas a la carga y descarga de vehículos, como en el caso de la pregunta. En las zonas de carga y descarga, como norma general, está prohibido el estacionamiento, a no ser que exista un horario de utilización indicado a través de señales, permitiéndose en ese caso, el estacionamiento fuera del horario señalado.
148. Encuentra estas dos señales, ¿a cuál debe obedecer?
- A la que sólo prohíbe estacionar.
- A la que prohíbe parar y estacionar. ✓
- A ninguna por estar en contradicción.
En el caso en que las prescripciones indicadas por diferentes señales parezcan estar en contradicción entre sí, prevalecerá la prioritaria, según el orden de prioridad o la más restrictiva, si se trata de señales del mismo tipo. Parada y estacionamiento prohibido. Estacionamiento prohibido.
149. Entre otros lugares, ¿dónde está prohibido estacionar en zona urbana?
- en vías calificadas de atención preferente.
- en curvas y cambios de rasante.
- sobre las aceras y paseos. ✓
Entre otros lugares está prohibido el estacionamiento sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones. (Foto 1 y Foto 2) En las vías calificadas de atención preferente no podremos estacionar en zonas donde esté prohibido. Asimismo tampoco se podrá hacer en las curvas y cambios de rasante que sean de visibilidad reducida. Foto 1 Foto 2
150. Es obligatorio encender el alumbrado de posición...
- al estacionar en la calzada de una travesía suficientemente iluminada.
- siempre que esté estacionado en el arcén de una vía urbana suficientemente iluminada.
- siempre que deba utilizar cualquier otro alumbrado en circulación. ✓
Las luces de posición deben encenderse automáticamente cuando el vehículo tenga encendida la luz de cruce, carretera o antiniebla.Para circular siempre tendrá que ir acompañada de una de estas. Las deberemos de encender cuando nos encontremos entre el ocaso y la salida del sol, o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan la visibilidad: * Estando detenidos o parados en la calzada o arcén de cualquier vía, incluido los túneles,pasos inferiores o lugares cerrados. * También estacionados en : - El arcén no transitable de una vía interurbana. - Calzada o arcén de una travesía insuficientemente iluminada. - En la calzada o arcén de una vía urbana, cuando la iluminación no permita a otros usuarios distinguir al vehículo a suficiente distancia.
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Fuente: Catálogo oficial de señales del anexo I del Reglamento General de Circulación (RD 465/2025, BOE-A-2025-12199) y Diccionario en Lectura Fácil del permiso B de la Dirección General de Tráfico. Reutilización de información del sector público conforme a la Ley 37/2007. Este sitio no es la DGT. Detalle de fuentes.