Señal R-418: Vía exclusiva para vehículos dotados de equipo de telepeaje operativo. Telepeaje obligatorio.
Vía exclusiva para vehículos dotados de equipo de telepeaje operativo. Telepeaje obligatorio.
Grupo: Obligación · Código oficial: R-418
Qué significa
Obligación de efectuar el pago del peaje mediante el sistema de peaje dinámico o telepeaje; el vehículo que circule por el carril o carriles así señalizados deberá estar provisto del medio técnico que posibilite su uso en condiciones operativas de acuerdo con las disposiciones legales en la materia
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Fuente: Catálogo oficial de señales del anexo I del Reglamento General de Circulación (RD 465/2025, BOE-A-2025-12199) y Diccionario en Lectura Fácil del permiso B de la Dirección General de Tráfico. Reutilización de información del sector público conforme a la Ley 37/2007. Este sitio no es la DGT. Detalle de fuentes.